A ver si podeis ayudarme:
La competencia de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer:
a)Solo se extiende a las faltas conexas en los casos que existe identidad de sujeto.
b)Se extiende a los delitos conexos correspondiendo el conocimiento de las faltas a los Juzgados de Paz.
C)Se extendera la instruccion y conocimiento de los delitos y faltas conexas siempre que la conexion tenga origen en los supuestos previstos en la ley.
D)En todos los supuestos se extiende a la instrucci{on y conocimiento de los delitos y faltas conexas.
A ver si podeis no solo señalar la respuesta correcta, sino tambien donde se encuentra esta en la legislacion, que es con lo que realmente tengo problemas.
Saludos!