Autor Tema: Modificación t 26 GP art 414 dudas!?  (Leído 2035 veces)

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Modificación t 26 GP art 414 dudas!?
« en: 22 Octubre, 2013, 11:36:22 am »
Me alegro mucho de que este maravilloso foro se vuelva a activar!!! Espero que entre todos sigamos haciéndolo tan profesional ¡ Un saludo a todos los que estudian y se esfuerzan con ilusión!


La audiencia Previa art 414.1 párrafo 2
Artículo 414 Finalidad, momento procesal y sujetos intervinientes en la audiencia
1. Una vez contestada la demanda y, en su caso, la reconvención, o transcurridos los plazos correspondientes, el Secretario judicial, dentro del tercer día, convocará a las partes a una audiencia, que habrá de celebrarse en el plazo de veinte días desde la convocatoria.
En esta convocatoria, si no se hubiera realizado antes, se informará a las partes de la posibilidad de recurrir a una negociación para intentar solucionar el conflicto, incluido el recurso a una mediación, en cuyo caso éstas indicarán en la audiencia su decisión al respecto y las razones de la misma.  Párrafo segundo del número 1 del artículo 414 redactado por el apartado diez de la disposición final tercera de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles («B.O.E.» 7 julio).Vigencia: 27 julio 2012
La audiencia se llevará a cabo, conforme a lo establecido en los artículos siguientes, para intentar un acuerdo o transacción de las partes que ponga fin al proceso, examinar las cuestiones procesales que pudieran obstar a la prosecución de éste y a su terminación mediante sentencia sobre su objeto, fijar con precisión dicho objeto y los extremos, de hecho o de derecho, sobre los que exista controversia entre las partes y, en su caso, proponer y admitir la prueba.  Párrafo tercero del número 1 del artículo 414 introducido en su actual redacción por el apartado diez de la disposición final tercera de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles («B.O.E.» 7 julio).Vigencia: 27 julio 2012
En atención al objeto del proceso, el tribunal podrá invitar a las partes a que intenten un acuerdo que ponga fin al proceso, en su caso a través de un procedimiento de mediación, instándolas a que asistan a una sesión informativa.  Párrafo cuarto del número 1 del artículo 414 introducido en su actual redacción por el apartado diez de la disposición final tercera de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles («B.O.E.» 7 julio).Vigencia: 27 julio 2012
 Número 1 del artículo 414 redactado por el apartado ciento setenta y cuatro del artículo decimoquinto de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial («B.O.E.» 4 noviembre).Vigencia: 4 mayo 2010

Preguntas:
1.Dónde se regula la mediación?
Es distinto a la Conciliación regulada todavía en la LEC 1881 de Jurisdicción voluntaria
Arts 460 (en mi temario lo explica el tema 25 GP) que se inicia con solicitud o papeleta, siendo un acto voluntario entre las partes y se hace antes de promover un juicio y ANTE EL SECRETARIO no del Juez.
2. …..”examinar las cuestiones procesales que pudieran obstar a la prosecución de éste y a su terminación mediante sentencia sobre su objeto, fijar con precisión dicho objeto….

Qué es el exactamente el objeto?? Y este no se tiene que poner en la Demanda no?(art 399)

Desconectado 19sandrina72

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Re:Modificación t 26 GP art 414 dudas!?
« Respuesta #1 en: 22 Octubre, 2013, 12:48:17 pm »
El proceso de mediación nada tiene que ver con la Conciliación que estudiamos en temas posteriores, tienes que irte a la ley que ya has citado, la 5/2012 de 6 de julio de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
El objeto, es lo que se pide, el fondo del asunto...

Espero haberte ayudado.

Desconectado 19sandrina72

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Re:Modificación t 26 GP art 414 dudas!?
« Respuesta #2 en: 22 Octubre, 2013, 12:54:09 pm »
Por supuesto debe incluirse en la demanda, y bien clarito, jajajaja, que luego igual no se enteran de lo que estás pidiendo, jajajaja.

Desconectado mncmnc

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Re:Modificación t 26 GP art 414 dudas!?
« Respuesta #3 en: 22 Octubre, 2013, 13:09:17 pm »
Gracias Sandrina...pero del OBjeto tengo la duda por esto que te pongo en esquema, y luego te planteo pregunta a ver cual respondes, me ayudaría ver tu razonamiento, pues también la he consultado en otro sitio y espero respuesta(la he puesto porque aparentemente parece fácil su respuesta pero no lo és...estás segura que el objeto lo decimos en la Demanda?)
Requisitos
• Debe contener (art. 399 LEC):
— Identifi cación de las partes y domicilio
o residencia
— Nombre y apellidos de abogado y procurador
— Exposición de hechos y fundamentos
de derecho. Se expresan los documentos
aportados
— Petición o suplico
• Expresión de su cuantía (art. 253 LEC)
• Anuncio de dictámenes periciales, en su
caso (art. 337 LEC)
• Solicitud de designación judicial de perito,
en su caso (art. 339.2 LEC)
pregunta de test:
1. La demanda deberá contener:
a) Los datos de identificación del juzgado al que se dirija.
b) Los datos de identificación del objeto del pleito.
c) Los datos de identificación del demandante y del demandado.
d) Todas son correctas.

Ahora busco los temas de mediación no lo ubico en el temario....
Muchas gracias por tu respuesta
« última modificación: 22 Octubre, 2013, 13:15:24 pm por mncmnc »

Desconectado 19sandrina72

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Re:Modificación t 26 GP art 414 dudas!?
« Respuesta #4 en: 22 Octubre, 2013, 15:44:09 pm »
A ver, mis razonamientos no son muy técnicos, no tengo mucha expresión procesal, pero te lo explico de manera sencilla
El objeto, el fondo del asunto, lo que se pide... es decir, el motivo por el cual se demanda... se expresa en el cuerpo de la demanda en una sección que se llama PETICIÓN o también SUPLICO.
Entonces eso es seguro que es correcto.
Está un poco mal redactada la pregunta, te explico.
a)los datos de identificación del juzgado a que se dirija... se pone AL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA (por ejemplo, si es una demanda civil) QUE POR TURNO CORRESPONDA
b)los datos de identificación del objeto del pleito,...se debe identificar y aclarar (vamos bien explicadito) que se está pidiendo.
c)los datos de identificación del demandante y demandado.....por supuesto todos bien identificados para saber quienes somos los unos y los otros.
d) todas son correctas...
Todas serían correctas si estuvieran bien redactadas.... pero la única que no da pié a confusión es la c. Datos de identificación del demandante y demandado.


Espero haberte ayudado mas o menos, jajajaja

Desconectado 19sandrina72

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Re:Modificación t 26 GP art 414 dudas!?
« Respuesta #5 en: 22 Octubre, 2013, 15:57:07 pm »
El objeto del pleito es lo que se está pidiendo o reclamando, siempre tiene que quedar bien explicado en la demanda, ten en cuenta que muchos asuntos se solucionan por ejemplo en la vista previa... y allí no te presentas con tu abogado y procurador y te preguntan que te trae por allí, ya saben que te pasa y por qué te pasa.... ya lo has explicado bien en el cuerpo de  la demanda.... y el secretario la ha examinado y sabe perfectamente que es lo que pides.

Ya ves que mis explicaciones no son muy técnicas.... pero se me entiende ehhh???jajajaja, o eso espero.!!!

Desconectado mncmnc

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Re:Modificación t 26 GP art 414 dudas!?
« Respuesta #6 en: 22 Octubre, 2013, 22:32:40 pm »
La respuesta es la C.....Y he estado investigando , leyendo y consultando en otros sitios
El objeto , no es lo que se está pidiendo en la Demanda.
Siendo poco técnica tambíen...pues estoy en ello..., más o menos intentaré explicarme....tu pides en la Demanda.....y te contestan o te reconvienen. Es en la audiencia previa dónde se fija realmente el objeto. Tu pides al demandar pero no fijas el objeto que se hace en el tribunal en una audiencia ....digamos lo que queda para el juicio , pues por ejemplo te contestan allanandose parcialmente a tu petición pero a su vez alegando otras cosas, sería el objeto la unión de la demanda y la contestación y en el caso de que exista reconvención
En cuanto al tribunal, se dice.....al Tribunal que corresponda...por reparto, tampoco es la B.
Tiene tela la pregunta!!! poque a primera vista yo pensaba igual que tú pero en la corrección me daban la C,  pero si te fijas en el art 399 no te dice que en la Demanda pongas el "objeto" cosa que si te indica que se discute en la Audiencia previa ( art 414 parrafo segundo que te transcribo)
La audiencia se llevará a cabo, conforme a lo establecido en los artículos siguientes, para intentar un acuerdo o transacción de las partes que ponga fin al proceso, examinar las cuestiones procesales que pudieran obstar a la prosecución de éste y a su terminación mediante sentencia sobre su objeto, fijar con precisión dicho objeto y los extremos, de hecho o de derecho, sobre los que exista controversia entre las partes y, en su caso, proponer y admitir la prueba.

Un saludo y ánimo con el estudio que es laaaaaargo que no se acaba jeje
« última modificación: 22 Octubre, 2013, 22:36:10 pm por mncmnc »

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Re:Modificación t 26 GP art 414 dudas!?
« Respuesta #7 en: 23 Octubre, 2013, 12:12:12 pm »
Hemos llegado, mas o menos, a la misma conclusión. la correcta es la c.