Autor Tema: JUICIO DE FALTAS  (Leído 801 veces)

Desconectado mrbt

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JUICIO DE FALTAS
« en: 10 Noviembre, 2013, 12:28:55 pm »
Buenos días,

Quizás os parezca una tontería pero no encuentro sentido cierto al art 14 LECr en cuanto a la competencia para el juicio de faltas en el Juzgado de lo Penal "imputables a los autores de estos delitos o a otras personas, cuando la comisión de la falta o su prueba estuviesen relacionadas con aquéllos".  Aquellos, ¿a qué se refiere? ¿a los autores o a los delitos?

Asimismo, entiendo que el resto van al juzgado de Instrucción, de Paz o de Violencia sobre la Mujer


Muchas gracias

Desconectado ciudadano_x

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Re:JUICIO DE FALTAS
« Respuesta #1 en: 10 Noviembre, 2013, 13:21:43 pm »
Entiendo que a los delitos, por aquello de ser conexos.

Respecto a lo segundo, si, depende de si estan asociados o no a un delito, su gravedad y la competencia objetiva del mismo.

Desconectado mrbt

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Re:JUICIO DE FALTAS
« Respuesta #2 en: 14 Noviembre, 2013, 12:57:16 pm »
gracias