Pelihova para que no tengas que rebuscar por el foro, te vuelvo a poner las preguntas de social que no han recibido respuestas a ver si las puedes subir, algunas me las respondió sarcoob así que quité esas:
48. En materia laboral, ¿Como se celebran el acto de conciliación y el juicio?
a) En un solo acto.
b) En dos actos claramente diferenciados.
c) Se podrá celebrar en un solo acto o bien en dos actos.
d) Ninguna respuesta es correcta
50 ¿Por quien será firmada el acta que se extiende en el proceso laboral ordinario
a) El Juez o Tribunal, los peritos, el secretario y el ministerio fiscal.
b) El juez o tribunal, las partes, el secretario y el ministerio fiscal.
c) El juez o tribunal, los peritos, las partes, el secretario y el
ministerio fiscal
d) Ninguna respuesta es correcta
51.- En los actos preparatorios, dentro del procedimiento laboral ordinario, contra la resolución judicial denegando la práctica de estas diligencias
a) No cabrá recurso alguno, sin perjuicio del que en su día puedan interponerse contra la sentencia.
b) No cabrá recurso alguno
c) Cabrá recurso de reposición
d) Todas son falsas
52.- Indicar la respuesta que no es correcta: En el procedimiento ordinario, la demanda se formulará por escrito
y habrá de contener los siguientes requisitos generales:
a) La designación del órgano ante quien se presente.
b) La designación del demandante, con expresión del número del documento nacional de identidad.
c) La enumeración clara y concreta de los hechos sobre los que verse la pretensión y de todos aquellos que se consideren necesarios para resolver las cuestiones planteadas, incluso si no se alegaron en la conciliación o reclamación administrativa previa.
d) La súplica correspondiente, en los términos adecuados al contenido de la pretensión ejercitada.
53.- El órgano judicial, constituido en audiencia pública, intentará la conciliación, advirtiendo a las partes de los derechos y obligaciones que pudieran corresponderles, sin prejuzgar el contenido de la eventual sentencia.
a) Se podrá aprobar la avenencia en cualquier momento antes de iniciar el juicio.
b) Se podrá aprobar la avenencia en cualquier momento antes de finalizar el juicio.
c) Se podrá aprobar la avenencia en cualquier momento antes de interponer demanda.
d) Se podrá aprobar la avenencia en cualquier momento antes de dictar sentencia.
54.- Las demandas por despido, además de los requisitos generales previstos, deberán contener los siguientes:
a) Lugar de trabajo; categoría profesional; características particulares, si las hubiera, del trabajo que se realizaba antes de producirse el despido, salario, tiempo y forma de pago y antigüedad del despedido.
b) Fecha de efectividad del despido y forma en que se produjo y hechos alegados por el empresario.
c) Si el trabajador ostenta, o ha ostentado en el año anterior al despido, la cualidad de representante legal o sindical de los trabajadores.
d) Todas son ciertas
55.- Indicar la respuesta incorrecta: En el fallo de la sentencia, el Juez calificará el despido como procedente, improcedente o nulo.
a) Será calificado como procedente cuando quede acreditado el incumplimiento alegado por el empresario en el escrito de comunicación.
b) será calificado como improcedente si se hubieren incumplido los requisitos de forma.
c) Será nulo el despido que tenga como móvil alguna de las causas de discriminación previstas en la Constitución y en la ley
d) Será nulo el despido cuando no quede acreditado el incumplimiento alegado por el empresario en el escrito de comunicación.
56.- Cuando el despido fuese declarado improcedente por incumplimiento de los requisitos de forma establecidos…
a) Si se optó por la readmisión, podrá efectuarse un nuevo despido dentro del plazo de siete días desde la notificación de la sentencia.
b) Si se optó por la readmisión, podrá efectuarse un nuevo despido dentro del plazo de diez días desde la notificación de la sentencia.
c) Si se optó por la readmisión, podrá efectuarse un nuevo despido dentro del plazo de veinte días desde la notificación de la sentencia.
d) Si se optó por la readmisión, podrá efectuarse un nuevo despido dentro del plazo de tres días desde la notificación de la sentencia.
57.- Si, desde la fecha en que se tuvo por presentada la demanda por despido, hasta la sentencia del Juzgado o Tribunal que por primera vez declare su improcedencia, hubiesen transcurrido más de sesenta días hábiles
a) El empresario, una vez firme la sentencia, podrá reclamar al Estado los salarios pagados al trabajador que excedan de dicho plazo.
b) El trabajador, una vez firme la sentencia, podrá reclamar al Estado los salarios no pagados por el empresario que excedan de dicho plazo.
c) El empresario, una vez firme la sentencia, podrá reclamar al Estado los salarios adeudados al trabajador que excedan de dicho plazo.
d) No se devenga derecho de salario para el trabajador, excedido dicho plazo
58.- Será requisito previo para la tramitación del proceso el intento de conciliación. Se exceptúan de este requisito los procesos
a) que versen sobre Seguridad Social,
b) los relativos al disfrute de vacaciones y a materia electoral
c) los iniciados de oficio, los de impugnación de convenios colectivos, los de impugnación de los estatutos de los sindicatos o de su modificación y los de tutela de la libertad sindical.
d) Todas son ciertas.
59.- Señalar la respuesta incorrecta: En el caso de las sanciones, la sentencia contendrá alguno de los pronunciamientos siguientes:
a) Confirmar la sanción, cuando se haya acreditado el cumplimiento de las exigencias de forma y la realidad del incumplimiento
b) Revocarla totalmente cuando no haya sido probada la realidad de los hechos imputados al trabajador o éstos no sean constitutivos de falta.
c) Revocarla en parte, cuando la falta cometida no haya sido adecuadamente calificada.
d) Declararla nula, cuando no haya sido probada la realidad de los hechos imputados al trabajador o éstos no sean constitutivos de falta.
60.- Indicar la respuesta incorrecta: Será requisito necesario para formular demanda en materia de Seguridad Social que los interesados…
a) Interpongan reclamación previa ante la entidad gestora o la Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente.
b) La reclamación previa deberá interponerse, ante el órgano que dictó la resolución, en el plazo de treinta días desde la notificación de la misma
c) La demanda habrá de formularse en el plazo de treinta días, a contar desde la fecha en que se notifique la denegación de la reclamación previa o desde el día en que se entienda denegada por silencio administrativo.
d) La reclamación previa no interrumpirá los plazos de prescripción ni suspenderá los de caducidad