En cuanto a la pregunta 90... nicoasturies y yo discrepamos, yo digo A y B y él C. Coincidimos en el art., eso sí (jajaja) 439.1 LOPJ
dice: "1. A los efectos de esta ley, se entiende por unidad administrativa aquélla que,
sin estar integrada en la Oficina judicial, se constituye en el ámbito de la organización de la Administración de Justicia para la jefatura, ordenación y gestión de los
recursos humanos de la Oficina judicial sobre los que se tienen competencias, así como sobre los
medios informáticos, nuevas tecnologías y demás medios materiales.", osea que A y B , no?