test general que he encontrado.
1.-Contra las resoluciones del Juez de instrucción podrán ejercitarse:
a) Los recursos de reforma, apelación y queja.
b) El recurso de apelación
c) El recurso de reforma
d) Ninguna es correcta.
2.-El recurso de reforma podrá interponerse:
a) Contra todos los autos del Juez de instrucción
b) Contra los autos resolutorios de incidentes
c) Contra los autos resolutorios de incidentes en artículos de previo pronunciamiento.
D) Contra providencias del Juez de Instrucción.
3.-El recurso de queja podrá interponerse:
a) Contra todos los autos no apelables del Juez, y contra las resoluciones en que se denegare la admisión de un recurso de apelación.
b) Contra todos los autos no susceptibles de reforma, y contra las resoluciones en que se denegare la admisión de un recurso de apelación.
c) Contra todos los autos no susceptibles de reposición y contra las resoluciones en que se denegare la admisión de un recurso de reforma.
d) Ninguna es correcta.
4.-Los recursos de reforma y apelación se interpondrán:
a) Ante el mismo Juez que hubiere dictado el auto.
b) Ante el Juez superior que hubiere dictado el auto.
c)Ante la Audiencia Provincial
d) Ante el T.S.J.
5.-El recurso de queja se interpondrá:
a) Ante el Tribunal superior competente.
b) Ante el mismo tribunal
c) Ante la Audiencia provincial
d) Ante el T.S.J.
6.-Será Juez competente para conocer del recurso de reforma:
a) El mismo ante quien se hubiese interpuesto
b) El superior ante quien se hubiese interpuesto
c) El inferior ante quien se hubiese interpuesto
d) El T.S.J.
7.-Será Tribunal competente para conocer del recurso de apelación:
a) Aquel a quien correspondiese el conocimiento de la causa en juicio oral
b) Aquel a quien no correspondiese el conocimiento de la causa en juicio oral
c) El superior al que correspondiese el conocimiento de la causa en juicio oral
d) A la sección correspondiente de la Audiencia provincial que correspondiese el conocimiento de la causa en juicio oral.
8.-Será Juez o Tribunal competente para conocer del recurso de queja:
a) El mismo ante quien se hubiese interpuesto
b) El superior ante quien se hubiese interpuesto
c) El inferior ante quien se hubiese interpuesto
d) Ninguna es correcta.
9.-Los recursos de reforma, apelación y queja se interpondrán:
a) Siempre en escrito, autorizado con firma de Letrado
b) De forma verbal a la terminación de la vista que ponga fin al procedimiento
c) Siempre en escrito con firma de Letrado y Procurador
d) De forma verbal ante el mismo Secretario.
10.-Si se admitiere el recurso de apelación en ambos efectos, el Secretario judicial remitirá los autos originales:
a) Al Tribunal que hubiere de conocer de la apelación, y emplazará a las partes para que se personen ante éste en el término de 10 si el Tribunal fuere el Supremo o 5 días, si fuere el Tribunal Superior de Justicia o la Audiencia.
b) Al Tribunal que hubiere de conocer de la apelación, y emplazará a las partes para que se personen ante éste en el término de quince si el Tribunal fuere el Supremo o diez días, si fuere el Tribunal Superior de Justicia o la Audiencia.
c) Al Tribunal que hubiere de conocer de la apelación, y emplazará a las partes para que se personen ante éste en el término de 5 si el Tribunal fuere el Supremo o diez días, si fuere el Tribunal Superior de Justicia o la Audiencia.
d) Al Tribunal superior que hubiere de conocer de la apelación, y emplazará a las partes para que se personen ante éste en el término de 10 si el Tribunal fuere el Supremo o 5 días, si fuere el Tribunal Superior de Justicia o la Audiencia.
11.-Si el apelante se hubiese personado:
a) El Secretario judicial le dará vista de los autos por término de tres días para instrucción
b) El Juez le dará vista de los autos por término de tres días para instrucción
c) El Secretario judicial le dará vista de los autos por término de cinco días para instrucción
d) El Secretario judicial le dará vista de los autos por término de 10 días para instrucción.
12.-Las partes en el recurso de apelación podrán presentar, los documentos que tuvieren por conveniente en justificación de sus pretensiones:
a) Antes del día de la vista
b) Dos días siguientes a la vista
c) En el día de la vista
d) Ninguna es correcta.
13.-Contra todas las diligencias de ordenación dictadas por los Secretarios judiciales:
a) Podrá ejercitarse ante ellos mismos recurso de reposición.
b) Podrá ejercitarse ante ellos mismos recurso de reforma.
c) Podrá ejercitarse ante el juez recurso de reposición.
d) Podrá ejercitarse ante ellos mismos recurso de queja.
14.-El recurso de reposición, contra los decretos de los Secretarios judiciales se interpondrá:
a) Siempre por escrito autorizado con firma de Letrado y Procurador y acompañado de tantas copias cuantas sean las demás partes personadas
b) Siempre por escrito autorizado con firma de Letrado y acompañado de tantas copias cuantas sean las demás partes personadas
c) Siempre por escrito autorizado con firma de Letrado y procurador
d) Ninguna es correcta.
15.-Admitido a trámite el recurso de reposición, por el Secretario judicial:
a) Se concederá al Ministerio Fiscal y a las demás partes personadas un plazo común de dos días para presentar por escrito sus alegaciones
b) Se concederá al Ministerio Fiscal y a las demás partes personadas un plazo común de tres días para presentar por escrito sus alegaciones
c) Se concederá al Ministerio Fiscal un plazo de dos días para presentar por escrito sus alegaciones
d) Se concederá a las partes personadas un plazo común de dos días para presentar por escrito sus alegaciones.
16.-Contra el decreto del Secretario judicial que resuelva el recurso de reposición
a) No cabrá interponer recurso alguno.
b) Cabe interponer recurso de queja
c) Cabe interponer queja y subsidiario el de apelación
d) Ninguna es correcta.
17.-Deberá resolverse sobre el pago de las costas:
a) En los autos o sentencias que ponga término a la causa o a cualquiera de los incidentes
b) En las sentencias que pongan término a la causa
c) En los autos que pongan término a la causa o a cualquiera de los incidentes
d) En los autos que pongan término a cualquiera de los incidentes.
18.-Contra el auto absteniéndose de conocer por falta de competencia internacional, por pertenecer el asunto a tribunal de otro orden jurisdiccional, por haberse sometido el asunto a arbitraje o por falta de competencia objetiva.
a) Cabrá recurso de apelación.
b) Cabrá recurso de reposición
c) Cabra recurso de apelación subsidiariamente al de reforma
d) Cabrá recurso de reforma.
19.-Contra los autos que resuelvan sobre la competencia territorial:
a) No se dará recurso alguno.
b) Se dará recurso de reposición.
c) Se dará recurso de queja
d) Se dará recurso de apelación.
20.-En los recursos de apelación y extraordinario por infracción procesal sólo se admitirán alegaciones de falta de competencia territorial:
a) Cuando, en el caso de que se trate, fueren de aplicación normas imperativas.
b) No se admitirán alegaciones de ningún tipo
c) Cuando, en el caso de que se trate, no fueren de aplicación normas imperativas.
d) Ninguna es correcta.
21.-Los plazos para recurrir se contarán:
a) Desde el día siguiente al de la notificación de la resolución que se recurra, o, en su caso, a la notificación de su aclaración o de la denegación de ésta.
b) Desde el mismo día al de la notificación de la resolución que se recurra, o, en su caso, a la notificación de su aclaración o de la denegación de ésta.
c) Desde los dos días siguientes al de la notificación de la resolución que se recurra, o, en su caso, a la notificación de su aclaración o de la denegación de ésta.
d) Desde los tres días siguientes al de la notificación de la resolución que se recurra, o, en su caso, a la notificación de su aclaración o de la denegación de ésta.
22.-En los procesos que lleven aparejado el lanzamiento:
a) No se admitirán al demandado los recursos de apelación, extraordinario por infracción procesal o casación si, al interponerlos, no manifiesta, acreditándolo por escrito, tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar adelantadas.
b) Se admitirán al demandado los recursos de apelación, extraordinario por infracción procesal o casación si, al interponerlos, manifiesta, acreditándolo por escrito, no tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar adelantadas.
c) No se admitirán al demandado los recursos de apelación, extraordinario por infracción procesal o casación si, al interponerlos, manifiesta, acreditándolo por escrito, tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar adelantadas.
d) Se admitirán al demandado los recursos de apelación, extraordinario por infracción procesal o casación si, al interponerlos, no manifiesta, acreditándolo verbalmente, tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar adelantadas.
23.-Los recursos de apelación, extraordinario por infracción procesal o casación:
a) Se declararán nulos cualquiera que sea el estado en que se hallen, si durante la sustanciación de los mismos el demandado recurrente dejare de pagar los plazos que venzan o los que deba adelantar
b) Se declararán desiertos, cualquiera que sea el estado en que se hallen, si durante la sustanciación de los mismos el demandado recurrente dejare de pagar los plazos que venzan o los que deba adelantar
c) Se declararán anulables cualquiera que sea el estado en que se hallen, si durante la sustanciación de los mismos el demandado recurrente dejare de pagar los plazos que venzan o los que deba adelantar
d) Se declararán desiertos, cualquiera que sea el estado en que se hallen, si durante la sustanciación de los mismos el demandado recurrente pagare los plazos que venzan o los adelante.
24.-El recurso de reposición deberá interponerse en el plazo:
a)De cinco días, expresándose la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente.
b) De tres días, expresándose la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente.
c) De cinco días, sin necesidad de expresar la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente.
d) De dos días, expresándose la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente.
25.-Admitido a trámite el recurso de reposición por el Secretario judicial, se concederá a las demás partes personadas:
a) Un plazo común de cinco días para impugnarlo
b) Un plazo común de tres días para impugnarlo
c) Un plazo común de dos días para impugnarlo
d) Un plazo común de diez días para impugnarlo.