Autor Tema: ¿ Empezamos de cero?  (Leído 371416 veces)

Desconectado manekineko

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #1770 en: 28 Julio, 2015, 10:23:19 am »
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Buenos días a tod@s; os comento q en la academia m han dicho q están en proceso d modificación muchas leyes actualmente como son la LOPJ, (q parece q va a afectar a los temas d jueces y secretarios judiciales aparte de alguna comision del PJ fundamentalmente) y en la LEC se preven cambios sustanciales tb en lo q concierne a la subasta. Lo comento pq en micaso prefiero trabajar otros temas para luego no tener confusión.
Esto lo comento para la gente q este empezando a repasar
Lo d comenzar con el tema 19 m parece una gran opción pq la Ley esta recién sacada del horno.
Un saludo y suerte a tod@s

Buenas! La LOPJ ya ha sido ampliamente modificada, el otro día colgué por aquí... Entrará en vigor el 1 de octubre, pero ya se puede ir trabajando. En la LEC también hay varias modificaciones muy recientes (tema menores en procesos especiales, han añadido un capítulo; pero la verdad que desconozco si tienen que salir más).
Así que conincido en que es buena idea el tema 19, pero ya se pueden ir trabajando los temas 6, 12, 13, 14, etc... Ya que disponemos de la LOPJ actualizada!
Ánimos chic@s!

Desconectado sanfersi

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #1771 en: 28 Julio, 2015, 11:56:51 am »
Tambien considero interesante si vamos a poner preguntas de temas específicos como es el 19 en este caso, abrir un hilo unico para colgar preguntas tema 19 y asi siempre se encontrará todo más ordenado y sin tener q ir leyendo otras cosas en medio

Desconectado sanfersi

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #1772 en: 28 Julio, 2015, 12:04:17 pm »
art 4

Cuando intervendra en Ministerio Fiscal en los casos de jurisdicción voluntaria?
a) Siempre
b)Cuando los expedientes afecten al estado civil o condición de una persona
c)Cuando este comprometido el interés de un menor o persona con capacidad modificada judicialmente
d) b y c correctas

Desconectado manekineko

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #1773 en: 28 Julio, 2015, 12:24:47 pm »
Una pregunta tonta... Lo que habíamos estado estudiando ahora en base a la LEC 1881 y Código Civil sobre el tema 19 queda totalmente anulado?? Borro el resumen y empiezo de nuevo con la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria??

Desconectado sanfersi

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #1774 en: 28 Julio, 2015, 12:42:44 pm »
Sara creo q si pq en la Academia aun no he llegado pero la profe m ha dicho q ese tema esta tachado y directamente a la nueva Ley.
Espero haberte ayudado y si no estoy en lo correcto q alguien lo diga

Ademas os dejo un enlace con las modificaciones de la LOPJ

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Desconectado manekineko

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #1775 en: 28 Julio, 2015, 12:57:07 pm »
Sí, lo que tiene más sentido es que todo el tema quede tachado. A ver si alguien más me lo confirma!! A mí es que tampoco me han llegado actualizaciones de la editorial, así que todavía no sé... Pero vaya mantendré el resumen anterior "porsi" y empezaré con el de la nueva ley. Gracias!!

Desconectado Hadita

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #1776 en: 28 Julio, 2015, 14:18:16 pm »
Art. 5

El Juez o el Secretario judicial, según quien sea el competente para el conocimiento del expediente, decidirá sobre la admisión de los medios de prueba que se le propongan, pudiendo ordenar prueba de oficio en los casos :


a) en que exista un interés público,
b) se afecte a menores o personas con capacidad modificada judicialmente,
c) lo estime conveniente para clarificar algún elemento relevante y determinante de la cuestión o expresamente lo prevea la ley
d) todas son correctas

Desconectado manekineko

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #1777 en: 28 Julio, 2015, 18:07:49 pm »
Art. 7

Indica la respuesta correcta respecto los gastos de la jurisdicción voluntaria:


a) Los gastos ocasionados en los expedientes de jurisdicción voluntaria serán a cargo del que resulte perjudicado en la resolución final.
b) Los gastos ocasionados por testigos y peritos serán a cargo del solicitante del acto de jurisdicción voluntaria.
c) Las respuestas A y B son ciertas.
d) Las respuestas A y B son falsas.


Art. 14

Respecto a la iniciación del expediente:

a) Únicamente se iniciarán de oficio o a instancia de la persona legitimada.
b) En la solicitud se consignarán los datos y circunstancias de identificación de las personas que puedan estar interesados en el expediente.
c) Cuando no sea preceptiva la intervención de Abogado y Procurador, la Oficina Judicial facilitará un impreso normalizado para formular la solicitud y concretar la fundamentación jurídica de lo solicitado.
d) Todas las afirmaciones anteriores son correctas.



Desconectado Farex

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #1778 en: 28 Julio, 2015, 18:26:00 pm »
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Una pregunta tonta... Lo que habíamos estado estudiando ahora en base a la LEC 1881 y Código Civil sobre el tema 19 queda totalmente anulado?? Borro el resumen y empiezo de nuevo con la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria??

si.
si
no se parecen en nada.
ya es la segunda vez que respondo esta preguna

Desconectado Esquivel

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #1779 en: 28 Julio, 2015, 18:27:46 pm »

Art. 10 Los órganos judiciales españoles aplicarán a los expedientes y actos de jurisdicción voluntaria respecto de los cuales resultaren competentes, la ley determinada
A) por las normas de la Unión Europea o españolas de Derecho internacional privado.
B) únicamente por las normas de la Unión Europea.
C) únicamente por las normas españolas de Derecho internacional público
D) por las normas de la Unión Europea o españolas de Derecho internacional público.

Desconectado Esquivel

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #1780 en: 28 Julio, 2015, 18:30:01 pm »
Por cierto alguien tiene el libro de supuestos prácticos de word. Sé que hay uno de la editorial mad, pero me gustaria saber opiniones antes de gastarme pasta.

Desconectado manekineko

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #1781 en: 28 Julio, 2015, 21:15:32 pm »
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si.
si
no se parecen en nada.
ya es la segunda vez que respondo esta preguna

Farex gracias por contestar, pero sin ánimo de ofender, los que ayudamos en el foro hemos contestado varias veces las mismas preguntas y no pasa nada, creo que para esto estamos. Antes de preguntar intento buscar si hay alguna pregunta igual, pero muchas veces es difícil encontrarlo, aun y usando el buscador. Ya sé que la leyes no se parecen en nada, por eso mismo he preguntado si se combinaba el contenido entre lo antiguo o lo nuevo, o simplemente se deshecha a todo lo anterior y se estudia sólo de la 15/2015. Saludos!

Desconectado Farex

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #1782 en: 28 Julio, 2015, 21:31:02 pm »
No te recriminaba a ti , no veo bien tenerlo todo en  un hilo ,dudas ,preguntas, temas ect....................
de locos ,ja,ja .

todo lo que tengas del 19 ,ya no te vale ,ni los supuestos prácticos.

Desconectado manekineko

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #1783 en: 28 Julio, 2015, 23:17:49 pm »
Perfecto, ha quedado clarísimo entonces!!  ;D Pues a empezar de nuevo a topeeee!! Gracias!!

Desconectado lapsusmental

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #1784 en: 28 Julio, 2015, 23:53:04 pm »
Buenas noches! Soy nueva en este foro y en esto de las oposiciones, he decidido intentar prepararme auxilio judicial, pero debido a la crisis, no puedo optar por academia ni preparador...así que me arriesgaré a ver que tal me llevo con el señor BOE y todo su repertorio...
intentaré compartir lo que vaya haciendo, aunque veo que van muchísimo más avanzados....
saludos y gracias por reactivar un foro donde poder encontrar algo de luz...entre tanta ley!!! :)