Lo mismo ha cambiado la redacción, he aquí la pregunta:
28.-¿Que debería acordar el juez en unas diligencias preliminares del juicio ordinario civil cuando una persona, citada a declarar sobre su legitimación, no atendiese el requerimiento oponiéndose a dicha diligencia?
a) Citación por segunda vez bajo apercibimiento de que de no comparecerbincurrirá en desobediencia a la autoridad judicial.
b) Dictará auto teniendo por respondidas afirmativamente las preguntas que el solicitante pretendiera formularle.
c)Resolverá mediante auto si considera justificada o no la oposición.
d)Citará a las partes para una vista.
¿Opiniones?