Según la Ley de Procedimiento Doméstico 15/2009 (BOE 21/05/2009), la Caducidad de los yogures podrá suspenderse, que no interrumpirse, metiéndolos en la nevera. Por ello, dichos yogures prescriben más o menos 3 o 4 días más tarde de la fecha en que se recibe la primera notificación (véase la tapa del yogur).
Por lo tanto CÓMETELOS!!
Esto es de lokos, podemos crear una fundación para los afectados por las oposiciones de justicia, igual conseguimos hasta subvenciones y todo. Y os digo yo que no seríamos pocos los que lo necesitaríamos. jajajaja. Salomón eres el mejor!!jajaja, cómo me río contigo

Un saludito!!
