Hola, he estado haciendo el supuesto práctico que colgó claudia, concretamente el supuesto nº 7 y me ha surgido una duda con la pregunta 5, dice asi..
5.- En la diligencia de embargo, de practicarse, figurará en primer lugar:
a) 12.000 euros en metálico
b) Lada Niva
c) 350 acciones de Repsol YPF
d) urbana sita en calle Ollerias número 23 de Andújar
La respuesta correcta es la d, pero yo entiendo que se trata de un bien inmueble que está en el lugar nº 7 del orden de embargos... no se embargaría primero los 12.000 euros al tratarse de dinero o cuentas corrientes de cualquier clase ( puesto nº 1) aunque tb podríamos incluirlo en puesto nº 5 .. por otro lado la respuesta b tb podría ser correcta debido a que se trata de un bien mueble? ( luegar 6 en el orden de embargo) .... ayuda por fi.... tengo un lio con esto.....
saludos y animo para todos.....