Autor Tema: DUDAS TEMA 22- CONTENCIOSO-ADTIVO  (Leído 12868 veces)

aku

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DUDAS TEMA 22- CONTENCIOSO-ADTIVO
« en: 16 Junio, 2009, 19:35:49 pm »
 ???

El procedimiento Contencioso-Administrativo empieza por un escrito simple de interposición y no una demanda. Cuyo único requisito será, conforme el  art.45.1 de la LJCA "citar la disposición, acto, inactividad o actuación constitutiva de vía de hecho que se impugne y solicitar que se tenga por interpuesto el recurso", salvo cuando la LJCA disponga otra cosa...

¿Alguien puede explicarme con palabras de andar por casa que es una vía de hecho?

??? ???

Desconectado 7alfredo7

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Re: DUDAS TEMA 22- CONTENCIOSO-ADTIVO
« Respuesta #1 en: 16 Junio, 2009, 23:32:14 pm »
Es cuando la Administración actúa sin seguir el procedimiento legal establecido y llega a una decisión o resolución sin ceñirse a la legalidad. Vamos, con otras palabras, cuando hace lo que le da la gana  ;)

Espero haberte ayudado

aku

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Re: DUDAS TEMA 22- CONTENCIOSO-ADTIVO
« Respuesta #2 en: 17 Junio, 2009, 09:26:10 am »
Sí, me ha quedado clarito jajajaja. Ojalá fuera así de directo tooo el temario jajajaja

Esther

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Re: DUDAS TEMA 22- CONTENCIOSO-ADTIVO
« Respuesta #3 en: 23 Junio, 2009, 11:26:04 am »
Tengo una duda sobre la cuestión de ilegalidad en el orden CA. He leido en la Ley q: "La sentencia q resuelva la cuestión de ilegalidad no afectará a la situación jurídica concreta derivada de la sentencia dictada por el juez o tribunal que planteó aquélla". ¿Alguien sabría explicarme esta frase? No acabo d entenderla... Gracias!!

jocar

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Re: DUDAS TEMA 22- CONTENCIOSO-ADTIVO
« Respuesta #4 en: 23 Junio, 2009, 11:47:57 am »
significa que la sentencia que se dicte no variara la situación jurídica que se impugne

Esther

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Re: DUDAS TEMA 22- CONTENCIOSO-ADTIVO
« Respuesta #5 en: 23 Junio, 2009, 12:14:42 pm »
No acabo de entenderlo...

jocar

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Re: DUDAS TEMA 22- CONTENCIOSO-ADTIVO
« Respuesta #6 en: 23 Junio, 2009, 13:07:44 pm »
a ver si me explico mejor, la resolución del recurso afectara a las sentencias que se dicten desde la recurrida en adelante, pero no a la que se ha interpuesto

amidala

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Re: DUDAS TEMA 22- CONTENCIOSO-ADTIVO
« Respuesta #7 en: 25 Junio, 2009, 20:32:04 pm »
A ver si puedo ayudar:

La cuestión de ilegalidad se plantea, porque en un determinado proceso, se ha resuelto sobre determinados actos realizados por la adminsitración a raiz de alguna disposición. El caso es que por ejemplo el juez resuelve a favor del demandante y estima que de la aplicación de esas disposiciónes se deriva una situación contraria a derecho para el demandante.

Una vez resuelto esto, el juez, suspicaz piensa que esos preceptos o la disposición, tal como está redactada, no es conforme a a legalidad (por lo que sea), plantea la cuestión de ilegalidad. Si se resuelve positivamente, o sea que se dicta que la disposición y preceptos son contrarios a la legalidad, no pasa nada. Pero si por ejemplo se desestima significa que son legales, entonces, la primera sentencia dictada, la que ha estimado el juez primero al demandante, no sería correcta, puesto que el lo ha hecho considerando esos preceptos ilegales.

Pero, conforme a lo que tu citas, la ley establece que esa sentencia desestimatoria, no afectaria a la anterior dictada por el juez, o sea, que aunque se diga que todo está ok, la sentencia por la cual el juez dijo no era ok, permanecerá siendo la misma, no se puede cambiar.

Espero que te ayude.

jocar

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Re: DUDAS TEMA 22- CONTENCIOSO-ADTIVO
« Respuesta #8 en: 25 Junio, 2009, 20:33:50 pm »
chapó, lo has explicado estupendamente

escocia

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Re: DUDAS TEMA 22- CONTENCIOSO-ADTIVO
« Respuesta #9 en: 08 Octubre, 2009, 11:35:14 am »
Alguien me puede decir cual es lel plazo para contestar la demanda en un procedimeinto ordinario contenciosos administrativo?? Muchas gracias

nur dunia

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Re: DUDAS TEMA 22- CONTENCIOSO-ADTIVO
« Respuesta #10 en: 08 Octubre, 2009, 11:36:14 am »
Para contestar a lal demanda que yo sepa, son 20 días  igual que para formularla.


Desconectado nuwanda70

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Re: DUDAS TEMA 22- CONTENCIOSO-ADTIVO
« Respuesta #11 en: 08 Octubre, 2009, 11:37:34 am »
son veinte dias

escocia

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Re: DUDAS TEMA 22- CONTENCIOSO-ADTIVO
« Respuesta #12 en: 08 Octubre, 2009, 11:44:23 am »
muchas gracias, no lo encontraba por ninguna parte.

labety7

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Re: DUDAS TEMA 22- CONTENCIOSO-ADTIVO
« Respuesta #13 en: 12 Octubre, 2009, 19:38:09 pm »

Propongo poner los plazos de interposición de cada recurso (como repaso), según el orden jurisdiccional en el que nos encontremos. Qué os parece???

Recursos contenciosos:

Súplica: 5 días
Apelación: 15 días
Casación: 10 días
Casación para unificación de doctrina: 30 días
Casación en interés de Ley: 3 meses
Revisión: 5 años (rigen disposiciones LEC)

Desconectado preparadorsevilla

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Re: DUDAS TEMA 22- CONTENCIOSO-ADTIVO
« Respuesta #14 en: 16 Octubre, 2009, 15:36:45 pm »
En la casacion has puesto 10 dias y ese es el plazo de preparación. El recurso se interpone en el plazo de 30 días.