Si, eso del valor superfluo es relativo, porque en un caso práctio hacia alusión que el demandado tenía 4 trajes valorado en cien euros, y entonces se podian embargar 3 trajes, yo no entendia porque, porque se supone que son las ropas tipicas del demandado,y habían mas bienes que se podian embargar. Otro supuesto fue, que aparecía un abrigo de piel valorado en 2000 euros, y era inembargable en ese caso, se supone que forma parte del demandado, a pesar de su coste...