Hola chic@s,
ayer estuve descansando para recargar pilas porque sentía que si no lo hacía no podría enfrentarme al examen de Tramitación. Hoy estoy renovada y con más fuerzas: Tramitación va a ser nuestro!!!

No sé si os habéis dado cuenta pero he visto (y me han comentado) que ha habido preguntas en los exámenes que estaban aquí colgadas en este post, concretamente la pregunta 6 del examen de Gestión y alguna pregunta del segundo supuesto del examen de Auxilio. Por eso os animo a que sigamos con esto, porque a mí me está sirviendo de ayuda. Además, lo bueno es ir poniendo el artículo correspondiente a la solución para obligarnos a buscarlo cuando contestemos y a leerlo cuando veamos la respuesta puesta por otra persona.

¿qué os parece? ¿Jugamos?
Por lo pronto, la respuesta a la pregunta de jocar es la A y está en el artículo 127.4 LOPJ, que regula las competencias del Pleno del CGPJ: "Resolver los recursos de alzada interpuestos contra los acuerdos de la Comisión Permanente, de la Comisión Disciplinaria y de las Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia y de los órganos de gobierno de los Tribunales y Juzgados."Y ahí va la mía:
Según la Ley del Registro Civil, ¿ante quién son recurribles, en vía gubernativa, las decisiones del encargado del Registro?
a) Ante el Secretario de Estado de Justicia.
b) Ante el Juez de Primera Instancia correspondiente.
c) Ante el Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia respectivo.
d) Ante el Presidente del Tribunal Superior de Justicia respectivo.
ÁNIMO
