Autor Tema: DUDAS CASOS mad  (Leído 19932 veces)

Desconectado lipin

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Re: DUDAS CASOS mad
« Respuesta #30 en: 07 Octubre, 2009, 23:39:26 pm »
Una duda más, a estas alturas.
En el mencionado caso se plantea lo siguiente:

Fecha demanda: 18/10/07
Auto admisión a trámite para celebración de juicio verbal: 29/10/07
Citación al demandado: 05/11/07
Fecha vista: 30/11/08

Os dejo literal la pregunta 5:
Teniendo en cuenta  la fecha de presentación de la demanda y la del auto de admisión de la misma, ¿se ha señalado día y hora para la celebración  del juicio dentro de los márgenes establecidos en la Ley?

a) Partiendo  de que en el caso que nos ocupa no se alude al momento en que la citación del demandado ha sido realizada, la LECv. dispone  que se citará a las partes para la celebración de vista , con indicación de día  y hora, debiendo mediar diez días, al menos desde el siguiente a la citación y sin que puedan exceder de veinte.
b)damos por reproducida  la anterior opción  cambiando exclusivamente  la referencia a los días, que serán cinco y diez, respectivamente.
c) damos por reproducida......, que serán cinco y diez, respectivamente.
d) Son falsas todas las respuestas anteriores.

MAD da por buena la a; para empezar, ¿Cómo dice que no se alude al momento en que la citación del demandado ha sido realizada? Después del auto, en la diligencia de citación, nos da la fecha de la misma 05/11/07.
En mi opinión la respuesta correcta sería la d, ya que no se ha respetado ninguno de los márgenes establecidos por ley.
El art. 440.1 Lecv, dice que el tribunal, en el plazo de 5 días, dictará auto admisión demanda y citación....: desde la fecha demanda hasta el auto de admisión pasan más de 5 días (en concreto 11).
Luego dice que señalará vista, debiendo mediar al menos 10 y como máximo 20, desde el siguiente a la citación. Si ésta es el 05/11/07, el juicio debería ser entre el 15 y el 25 de nov/07 y la fecha de la vista la fija el 30/11/08.

Si alquien me puede corroborar estos datos, please, y así repasamos todos.
Muchas gracias

amidala

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Re: DUDAS CASOS mad
« Respuesta #31 en: 08 Octubre, 2009, 00:28:24 am »
Yo entiendo que es una de las famosas erratas del MAD.

Desconectado lipin

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Re: DUDAS CASOS mad
« Respuesta #32 en: 08 Octubre, 2009, 13:31:04 pm »
Es que me extraña que sea una errata.
Toda pregunta  del libro lleva aparejada una respuesta correcta, con un comentario. En anteriores casos de errata, la respuesta era incorrecta pero el comentario no. En este caso, el comentario justifica la contestación dada y eso es lo que más me extraña.

Desconectado lipin

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Re: DUDAS CASOS mad
« Respuesta #33 en: 08 Octubre, 2009, 13:45:29 pm »
¿Nadie nos puede concretar si una mera probabilidad (de que el futuro interrogado no vaya a estar presente en el momento procesal oportuno) es motivo suficiente para anticipar el interrogatorio?. Como ya indiqué, MAD en un caso estima que sí es motivo y en otro dice lo contrario, y la verdad, esta cuestión es muy fácil que la metan de relleno en cualquier procedimiento.

somena

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Re: DUDAS CASOS mad
« Respuesta #34 en: 08 Octubre, 2009, 13:54:11 pm »


  Jo, de verdad!!! Estos libros de Mad son un rollo porque hay muchos fallos, verdad? Si lo llego a saber no me lo compro!!! Ya tengo bastante lío mental para que me mareen más.................. :P

labety7

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Re: DUDAS CASOS mad
« Respuesta #35 en: 08 Octubre, 2009, 18:11:02 pm »
Yo cuando lo hice me quedé igual!!!!Pensé: "Está loco este libro y lo que quiere conseguir es volverme loca a mí, ja", así que con las mismas, segui palante y olé!!!!!

Desconectado lipin

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Re: DUDAS CASOS mad
« Respuesta #36 en: 08 Octubre, 2009, 18:24:56 pm »
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Caso 1 de MAD: En el supuesto práctico no hay información suficiente para saber por qué razón no se podrá practicar el interrogatorio del testigo, dado que sólo dice "...cabe la posibilidad de que no se encuentre en España en el momento procesal oportuno para la verificaicón de las pruebas". Con esto no te está diciendo nada; parece más bien una excusa, no realmente un temor fundado. Por lo que no cabe admitirlo. El juez no puede admitir la práctica anticipada de esa prueba con esa argumentación.

Caso 11 de MAD: Aquí hay que tener en cuenta que el demandado se dedica a la venta de sandías y el mismo caso nos dice que la sandía es un producto perecedero y que por tanto, el demandado tiene que viajar constantemente fuera de España por largos períodos. El art. 293.1 LEC señala "por causa de las personas o por el estado de las cosas". La situación es diferente porque el demandado tiene que viajar constantemente para que su producto (sandía) no se quede en mal estado y pueda ejercer su trabajo.

No sé si me he liado demasiado!!! ;)Espero que entiendan lo que quiero decir!!!!
Gracias gorilajj, espero que si sale en el exámen den algo más de info para no haya dudas al respecto.

Desconectado naykay

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Re: DUDAS CASOS mad
« Respuesta #37 en: 10 Octubre, 2009, 19:29:15 pm »
Hola!! a ver si me podeís ayudar porque me he hecho un lío.

Estamos en un caso del tribunal del jurado por un allanamiento de morada.
Pregunta nº 8. ¿ Podrán los hijos menores de edad, declarar como testigos en el procedimiento incoado?
a) no, puesto que son menores de edad y no tienen la obligación de prestar declaración.
b)Aunque sean menores de edad, están obligados a acudir al llamamiento judicial y prestar declaración como testigos.
c) Serán examinados por el juez para valorar si pueden prestar declaración como testigos.
d) todas las respuestas anteriores son correctas.

Da como buena la B pero ¿no están dispensados de la obligación de declarar por ser hijos ? el que ha allanado la vivienda es el padre de los hijos y quien denuncia es la madre por lo que son hijos de las dos partes.
Muchas gracias de antemano!!!
« última modificación: 25 Octubre, 2009, 19:09:05 pm por justiciaoposicion »

escocia

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Re: DUDAS CASOS mad
« Respuesta #38 en: 13 Octubre, 2009, 18:34:30 pm »
tengo una duda que seguro es producto del nerviosismo y de que ya no veo ni se lo que tengo que saber, todo lo mezclo, y....¡¡¡¡¡quiero que llegue el sabado por la tarde!!!!!!

Bien, despues de la pataleta, voy al tema:

Tengo entendido que el orden social no es competente para conocer sobre actos de las administraciones publicas en materia laboral, hasta ahi deacuerdo, el problema me viene cuando tengo anotado en mis apuntes que esto es así excepto para el caso de imposición de sanciones y para traslados colectivos. ¿Es esto así o lo tengo equivocado?
Es que en un caso practico de otro año sobre una sancion a un funcionario por falta de respeto, se tramita como contencioso adminsitrativo.

Tengo un lio.....

Desconectado lipin

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Re: DUDAS CASOS mad
« Respuesta #39 en: 13 Octubre, 2009, 18:56:57 pm »
Hola Escocia.
Te confirmo que dentro del procedimiento laboral se incluyen las resoluciones administrativas  relativas a:
1. sanciones por infracciones  de orden social.
2. regulación  de empleo y actuación administrativa en materia  de traslados colectivos.

Supongo que ésta será la excepción  que confirma la regla.

(La Putada es que el temario está lleno de excepciones y al final..... con tanto artículo, tantos plazos, etc etc, ya no sabes ni cómo te llamas). Bueno, ahí queda eso. Mucha suerte.

labety7

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Re: DUDAS CASOS mad
« Respuesta #40 en: 13 Octubre, 2009, 20:09:55 pm »
Estas excepciones se salen de mis conocimientos....no lo sé!!!A parte de los procesos laborales ordinario y especiales que vienen en el temario (despidos, sanciones y seguridad social), se han aprendido algún otro o creen que con eso es suficiente????

FA1982

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Re: DUDAS CASOS mad
« Respuesta #41 en: 13 Octubre, 2009, 20:12:38 pm »
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Hola Escocia.
Te confirmo que dentro del procedimiento laboral se incluyen las resoluciones administrativas  relativas a:
1. sanciones por infracciones  de orden social.
2. regulación  de empleo y actuación administrativa en materia  de traslados colectivos.

Supongo que ésta será la excepción  que confirma la regla.

(La Putada es que el temario está lleno de excepciones y al final..... con tanto artículo, tantos plazos, etc etc, ya no sabes ni cómo te llamas). Bueno, ahí queda eso. Mucha suerte.

Eso es para sacar una nota muy alta!!!

oposanna

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Re: DUDAS CASOS mad
« Respuesta #42 en: 13 Octubre, 2009, 20:39:00 pm »
Depende de la relación que haya entre trabajador y administración.
Me explico:
Si la sanción se impone a un funcionario, su impugnación se hará ante el orden contencioso administrativo.
Si el trabajador en un "contratado laboral" (Ojo!!! no funcionario) la impugnación se hará ante la jurisdicción social.

Siempre dependerá de la relación existente entre "empleado" y la admón.

escocia

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Re: DUDAS CASOS mad
« Respuesta #43 en: 14 Octubre, 2009, 07:07:31 am »
muchas gracias por vuestras respuestas. Mas o menos me ha quedado claro, es decir depende de si es funcionario de carrera o personal laboral o interino. Gracias. Y mucha suerte el sabado.

merodeadora

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Re: DUDAS CASOS mad
« Respuesta #44 en: 05 Noviembre, 2010, 13:14:45 pm »
2010

¿Alguien se anima a hacer los casos de MAD conmigo? Tengo los libros de las 900 preguntas y el de la preparación a la parte práctica... y creo que hay muchas cosas un tanto subjetivas y algún que otro error... la cuestión es hacerlos todos entre lo que queda de esta semana y las 2 siguientes, hasta el día 21 de Noviembre! Tengo unos cuantos respondidos, cuando pueda los reviso y pongo las dudas...