Hola! me gustaría ayudarte pero no comprendo bien tu pregunta. A que parte del temario en concreto haces alusión? Te puedo poner un ejemplo, según lo que yo entiendo aunque no se si te refieres a esto, a ver, en el caso de los documentos que hay que aportar con la demanda en el proceso civil se distingue entre los procesales, como sería el caso del poder del procurador, o de fondo, que serían documentos que fundamentan la pretensión.
Eso mismo lo puedes extrapolar al resto, por ejemplo en la ejecución se distingue la oposición por motivos de fondo, como el pago o la transacción, o por motivos procesales, que sería cuando la demanda no cumple alguno de los requisitos exigidos por la ley; y en los recursos se puede recurrir por motivos procesales, lo que quiere decir que se recurre por haberse infringido algun requisito legal en el proceso, o bien por motivos de fondo, en cuyo caso lo que impugnamos es el pronunciamiento en nuestra contra pretendiendo otro que sea favorable a nuestra pretensión.
Espero haberte aclarado algo y no haberte liado más.
Saludos