121/000017 Proyecto de Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la Implantación de la Nueva Oficina Judicial.Modificación de la
Ley de Enjuiciamiento Civil aprobada por Real Decreto de 3 de febrero de
1881.
Modificación de la
Ley de Enjuiciamiento Criminal de 14 de septiembre de
1882. (reforma casi completa)
Modificación de la
Ley Hipotecaria de 8 de febrero de 1946.Modificación de la
Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento de Posesión.
Modificación de la
Ley 50/1981, de 30 de diciembre, reguladora del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (Disposición adicional primera)
Modificación de la
Ley 4/1985, de 21 de marzo, de Extradición Pasiva.Modificación de la
Ley 19/1985, Cambiaria y del Cheque (Los párrafos primero, segundo y tercero del artículo 85)
Modificación de la
Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes.Modificación de la
Ley 30/1992, de 29 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común. (Se añade un apartado 5 al artículo 139).
Modificación de la
Ley de Procedimiento Laboral (tiene tela también la reforma)
Modificación de la
Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita (art 7,16,20,21 y 46)
Modificación de la
Ley 7/1998, sobre Condiciones Generales de la Contratación.Modificación de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.Modificación de la
Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. (reforman casi 400 artículos)
Modificación de la
Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.Modificación de la
ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje.
Modificación de la
Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas.
Disposición final tercera.
ENTRADA EN VIGOR.La presente Ley
entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», excepto el apartado diez del artículo decimoquinto, por el que se adiciona un nuevo apartado 3 al artículo 23 de
la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de octubre de 2009
esperando q decidan si entra o no en la próxima convocatoria, aún lo están negociando
espero q así sea por nuestra salud mental

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