Buenas hacia mucho que no escribia, por aqui el preparador del año pasado me mando esto
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Nota de prensa
Ley de Reforma de la Legislación Procesal
El Congreso aprueba las reformas
procesales que harán efectiva
la Nueva Oficina Judicial
? Se modifican 16 leyes y más de 900 artículos para adaptarlas al
nuevo modelo de oficina judicial, que se pondrá en funcionamiento
tan pronto como la reforma entre en vigor.
? El ministro de Justicia afirma en el Congreso que el nuevo modelo
de Oficina Judicial supone “una auténtica transformación funcional
pensada para optimizar el rendimiento de la Administración de
Justicia con la plena incorporación de las modernas tecnologías de
la informática y la comunicación”.
15 de octubre de 2009. El pleno del Congreso de los Diputados ha dado
luz verde hoy a la Ley de Reforma de la Legislación Procesal y la Ley
Orgánica complementaria que hará efectiva la implantación de la Nueva
Oficina Judicial. La nueva ley contempla la modificación de 16 leyes
procesales y más de 900 artículos.
En su intervención ante el pleno de la Cámara Baja, el ministro de
Justicia, Francisco Caamaño, agradeció una reforma acordada “con tan
elevado consenso” en las cámaras legislativas, después de un largo
proceso en el que han sido escuchadas todas las voces implicadas e
interesadas. “España ya cuenta –dijo el ministro- con el marco legal
necesario para hacer real una Administración de Justicia homologable, en
su vertiente de servicio público esencial, a otros servicios públicos
avanzados”.
Caamaño explicó que este nuevo modelo comporta “una auténtica
transformación funcional pensada para optimizar el rendimiento de la
Administración de Justicia con la plena incorporación de las modernas
tecnologías de la informática y la comunicación”.
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Entre las novedades que también prevé la reforma procesal está la
creación de los jueces de adscripción territorial, la supresión del
traslado forzoso en los ascensos de magistrado, equiparación de las
vacaciones de los miembros de la carrera judicial con la del resto de
funcionarios, nueva regulación de la excedencia voluntaria para atender el
cuidado de un hijo u otro familiar a cargo, cambio en el sistema de
provisión de plazas en las audiencias provinciales o la supresión de
determinados requisitos en los concursos de plazas.
Además, la nueva norma prevé una nueva regulación del sistema de
señalamientos de los juicios a través de una agenda programada,
gestionada por el secretario judicial siguiendo las directrices que
determine el titular del órgano. Asímismo se incluye una nueva regulación
en materia de fe pública judicial mediante la incorporación de sistemas de
firma electrónica en la grabación de las actuaciones judiciales.
La Nueva Oficina Judicial contiene una estructura básica compuesta por
dos unidades:
- Unidad Procesal de Apoyo Directo. Vinculada
directamente al titular del órgano jurisdiccional y con la
asignación del personal mínimo indispensable para llevar a
cabo sus funciones.
- Servicios Comunes Procesales. Estarán bajo la dirección
de los secretarios judiciales y asumen labores centralizadas
de gestión y apoyo en actuaciones derivadas de la
aplicación de las leyes procesales. Los hay de tres tipos:
o Servicio Común General. Será el encargado de
realizar las labores de registro y reparto de los
asuntos ingresados, actos de comunicación y auxilio
judicial, y otras funciones accesorias como gestión
del depósito de piezas de convicción y del archivo de
los procedimientos.
o Servicio Común de Ordenación del
Procedimiento. Llevará a efecto la tramitación de
los procedimientos en todos aquellos aspectos en
que no resulte imprescindible la intervención del
juez.
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o Servicio Común de Ejecución. Recibirá sentencias
y demás actos a los que la ley reconoce carácter
ejecutivo para asegurar su cumplimiento.
Por otro lado, se crean las unidades administrativas, que, sin estar
integradas en la Oficina Judicial, se constituyen en el ámbito de la
administración de justicia para dirigir, ordenar y gestionar los recursos
humanos, así como para gestionar los medios informáticos, las nuevas
tecnologías y otros medios materiales.
El ministro de Justicia hizo hincapié en que las medidas legislativas
adoptadas persiguen “dotar de orden, racionalidad y simplicidad a nuestro
sistema de justicia, para conseguir con ello que el Poder Judicial,
independiente e imparcial, además de llevar a cabo su cometido
constitucional de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, cumpla, como
Administración, con las exigencias propias de un servicio público esencial,
del que depende la garantía de nuestros derechos y libertades”.
A partir de la entrada en vigor de las reformas procesales hoy aprobadas,
la puesta en marcha del nuevo modelo de Oficina Judicial se va a
desarrollar en torno a dos grandes actuaciones de despliegue, en
coordinación con el Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía
General del Estado y en colaboración con las comunidades autónomas
con competencias en la materia.
Audiencia Nacional. Se pretende realizar un ambicioso plan
de modernización y reformas organizativas. En primer lugar, se
implantará el Servicio Común general orientado a la tramitación
electrónica de expedientes judiciales para posteriormente abordar la
implantación del resto de servicios comunes. Este nuevo modelo,
adaptado a las particularidades de este órgano judicial, también incluirá
un nuevo diseño de Oficina Fiscal.
Despliegue progresivo. Respecto a las comunidades
autónomas en las que las competencias de Justicia corresponde al
Ministerio, se han seleccionado las ciudades de Burgos, Cáceres, Ciudad
Real, Logroño, Palma de Mallorca y Murcia para iniciar el despliegue de la
nueva oficina. La primera fase contempla un despliegue integral y, por
tanto, incluye tanto el Servicio Común de Ejecución como el Servicio
Común de Ordenación del Procedimiento. A estas primeras ciudades
seguirá un proceso progresivo por el resto de territorios.