El Consejo General del Poder Judicial estará integrado por 20 vocales más el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá. (es decir, son 21 miembros). Estos 20 vocales se eligen por partes:
a)12 miembros entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales
b) Los restantes 8 miembros entre abogados y otros juristas de reconocida competencia con más de 15 años de ejercicio en su profesión, que no sean miembros del Consejo saliente ni presten servicios en los órganos técnicos del mismo.
El Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial será nombrado por el Rey a propuesta del
Consejo General del Poder Judicial (es decir, a propuesta de los 20 vocales) entre miembros de la carrera judicial o juristas de reconocida competencia, con más de quince años de antigüedad en su carrera o en el ejercicio de su profesión. Podrá ser reelegido y nombrado, por una sola vez, para un nuevo mandato.
La propuesta del Consejo General del Poder Judicial se adoptará por mayoría de tres quintos de sus miembros
en la propia sesión constitutiva del mismo.