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1. Los candidatos a ser incluidos en las bolsas deberán reunir, en la fecha en que acabe el plazo de presentación de instancias y en la fecha de toma de posesión del puesto, las condiciones señaladas en las letras
a), b), c) e y). Las condiciones que se señalan en las letras
d), f) y g) deberán ser poseídas por los candidatos
sólo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instanciasa) Nacionalidad española.
b) Tener 16 años de edad y no haber llegado a la edad de jubilación.
c) Habilitación:
1. No haber sido condenados por delito doloso a penas privativas de libertad mayores de 3 años, a no ser que se haya obtenido la cancelación de los antecedentes penales o la rehabilitación.
2. No haber sido separados, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier administración pública, ni estar inhabilitados para el desempeño de las funciones públicas, salvo que hayan sido debidamente rehabilitados.
3. No haber cesado como interinos por falta de capacidad o de rendimiento en los últimos tres años
d) Figurar inscritos en el servicio público competente como demandantes de empleo, excepto los que se encuentren trabajando o estén en las bolsas de interinos de la Administración de justicia como mejora de empleo.
e) No tener causa de incompatibilidad para el ejercicio de la función pública en la Administración de justicia.
f) No padecer defecto físico o enfermedad psíquica o física, o cualquier otra circunstancia que los incapacite para el puesto de trabajo.
g) Tener residencia en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.suerte a tod@s
