Me parece que la administración NO DECLARA de oficio la excedencia, primero tienes que tomar posesión y es cuando si tomas posesión de la siguiente, dejas la plaza inferior en excedencia por prestacion de servicios en el sp, lo que no sé si es ahí cuando AUTOMATICAMENTE pasa eso, por lo que proceden o a COMISIONES DE SERVICIO o CUBRIR POR INTERINOS y como ÚLTIMA POSIBILIDAD pasarlo a las OPES futuras..........¿alguien que opine lo mismo? Slauditossssssssss