dhrask la prueba de idioma es con concurso y sin concurso. Lo que no hay es concurso de méritos que sea decisivo para conseguir plaza. La prueba de idioma o la certificación de idioma la realizan o la aportan únicamente quienes ya tiene plaza. Estas puntuaciones son "únicamente" para conseguir un mejor destino. Lo se de primera mano, esta mañana he ido a realizar el examen de lengua autonómica en Cataluña. En el borrador de la convocatoria de 2010, que va a ser casi un calco de la convocatoria del día 22, y que la propuesta de convocatoria de 2010, dice que cual es el proceso selectivo de esta convocatoria, que va a ser "solo oposición". En el País Vasco tienen tb. derecho foral. Os dejo en el archivo adjunto los borradores de las convocatorias para auxilio, tramitación y gestión, paa que los veais. Serán "practicamente" un calco de las convocatorias del día 22.
I-C. EVALUACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE LAS LENGUAS OFICIALES PROPIAS DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y DEL DERECHO CIVIL, ESPECIAL O FORAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAIS VASCO (Sistemas de Acceso Libre y de Promoción Interna) 1. CONOCIMIENTOS DE LAS LENGUAS OFICIALES PROPIAS DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS. Para los opositores que concurran por alguno de los ámbitos territoriales correspondientes a Comunidades Autónomas con lengua oficial propia y que así lo hubieran hecho constar en su solicitud de participación, finalizadas tanto la fase de oposición como la de concurso y establecidas las listas de aprobados que hubieran obtenido plaza, se procederá a la evaluación del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas. La evaluación consistirá, en la acreditación del conocimiento de la lengua oficial de dicha Comunidad, mediante las certificaciones que hayan presentado oportunamente, o mediante la realización de una prueba de nivel de conocimientos. La puntuación de la valoración del conocimiento de la lengua oficial de Comunidad Autónoma sólo será aplicable en el ámbito de la Comunidad Autónoma respectiva a los solos efectos de establecer el número de orden en la relación de aprobados dentro del ámbito territorial por el que concurre el aspirante, por lo que deberá reflejarse separada de la obtenida en los ejercicios obligatorios. Se calificará con un máximo de 18 puntos de acuerdo con el nivel de conocimientos demostrado por el aspirante y los criterios de valoración establecidos a continuación: En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cataluña:
Certificado de Nivel B: Seis puntos
Certificado de Nivel C: Doce puntos
MINISTERIO
DE JUSTICIA
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Certificado de Nivel D: Dieciocho puntos La acreditación del conocimiento de idioma se efectuará mediante la aportación de los certificados de la Secretaría de Política Lingüística o los equivalentes según la Orden PRE 228/2004, de 21 de julio, del Departamento de la Presidencia de la Generalitat de Catalunya. En el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra: En las zonas vascófona y mixta que determina el artículo 5 de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence: Certificado de posesión de los niveles A2 o B1 del Marco común europeo de referencia para las lenguas, o de haber superado cuatro “urrats” en los cursos organizados por el Gobierno de Navarra: Seis puntos. Certificado de posesión del nivel B2 del Marco común europeo de referencia para las lenguas, o de haber superado ocho “urrats” en los cursos organizados por el Gobierno de Navarra: Doce. Certificado de posesión del título EGA o de otra titulación equivalente al nivel C1 del Marco común europeo de referencia para las lenguas, o de haber superado doce urrats” en los cursos organizados por el Gobierno de Navarra: Dieciocho puntos. En el ámbito del País Vasco: De acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 86/1997, de 15 de abril por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Perfil lingüístico 2: Seis puntos
Perfil lingüístico 3: Doce puntos Perfil lingüístico 4: Dieciocho puntos En el ámbito de la Comunidad Autónoma Valenciana: Certificado de grado elemental oral y escrito del valenciano: Seis puntos Certificado de grado medio oral y escrito del valenciano: Doce puntos Certificado de grado superior oral y escrito del valenciano: Dieciocho puntos
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