Autor Tema: DUDAS TEMA 14 - EBEP-PERMISOS Y LICENCIAS-RÉGIMEN DISCIPLINARIO  (Leído 20615 veces)

nur dunia

  • Visitante
Re: DUDAS TEMA 14 - EBEP-PERMISOS Y LICENCIAS-RÉGIMEN DISCIPLINARIO
« Respuesta #15 en: 28 Mayo, 2009, 14:15:09 pm »
Yo también tengo la misma duda.

En mi libro pone que la reserva al puesto de trabajo es durante el primer año, en los 2 años restantes hay derecho a reincorporarse en otro de la misma categoria en la misma localidad.

Pero según el test de Auxilio se tiene derecho a la reserva durante 2 años no es así??

Me gustaría a mi también que alguien me aclarara.

También el permiso por paternidad, porque en mi libro pone que para los sujetos al Estatuto de los Trabajadores es de 13 días y 15 para los funcionarios pero ayer ví en el telediario que van a ampliar el permiso por paternidad de 15 días a un mes...entonces es que ya todos los trabajadores tienen los 15 días de permiso??

Por otro lado me llegó una actualización de la academia, diciendo que a partir del 1 de enero del 2009 el permiso para los sujetos al plan concilia es de 20 días. Está esto ya en vigor????


Desconectado mayteayuda

  • Opositor
  • *
  • Mensajes: 11
  • Aplausos: 0
Re: DUDAS TEMA 14 - EBEP-PERMISOS Y LICENCIAS-RÉGIMEN DISCIPLINARIO
« Respuesta #16 en: 05 Junio, 2009, 13:57:08 pm »
reserva de los dos primeros años del puesto. Lo ha modificado el EBEP

selegna

  • Visitante
Re: DUDAS TEMA 14 - EBEP-PERMISOS Y LICENCIAS-RÉGIMEN DISCIPLINARIO
« Respuesta #17 en: 06 Junio, 2009, 20:03:44 pm »


En relaciòn con esto, recuerdo que se lo pregunté a la preparadora, si eran 2 años con reserva o solo 1.

Pues me dijo que el EBEP para los funcionarios de Justicia se aplica sólo en defecto de normativa específica. y la LOPJ pone 1 año.

nur dunia

  • Visitante
Re: DUDAS TEMA 14 - EBEP-PERMISOS Y LICENCIAS-RÉGIMEN DISCIPLINARIO
« Respuesta #18 en: 06 Junio, 2009, 22:24:10 pm »
Ya pero en el examen de auxilio que yo lo contesté precisamente mal guiandome por mi manual ponía que la reserva era de 2 años...

claudia_k

  • Visitante
Re: DUDAS TEMA 14 - EBEP-PERMISOS Y LICENCIAS-RÉGIMEN DISCIPLINARIO
« Respuesta #19 en: 07 Junio, 2009, 00:59:48 am »
No puedes ver este link. Registrate o Ingresa
Ya pero en el examen de auxilio que yo lo contesté precisamente mal guiandome por mi manual ponía que la reserva era de 2 años...


Nur, en el examen ponia "segun el plan concilia" por eso no es válida la de 1 año que es lo que teniamos que aprendernos, lógicamente estaba para caer, y caimos, como siempre.
Hay que mirar las respuestas y las preguntas con lupa.

aku

  • Visitante
Re: DUDAS TEMA 14 - EBEP-PERMISOS Y LICENCIAS-RÉGIMEN DISCIPLINARIO
« Respuesta #20 en: 26 Junio, 2009, 19:13:22 pm »
 ???

No me aclaro :S

Por un lao me dicen que por nacimiento de un hijo, adopción o acogimiento hay 10 días a disfrutar por el padre y por otro que el permiso de paternidad es de 15 días.

¿Cual es el correcto?¿Se suman los dos?.

Sí, lo sé no debería tener este tipo de dudas a las fechas que estamos  :'(

alejandritojusticia

  • Visitante
Re: DUDAS TEMA 14 - EBEP-PERMISOS Y LICENCIAS-RÉGIMEN DISCIPLINARIO
« Respuesta #21 en: 26 Junio, 2009, 19:24:03 pm »
10 para el plan concilia y 15 para el del ebep(estatuto básico del empleado público). Según te pregunten contestas.

saludos!

aku

  • Visitante
Re: DUDAS TEMA 14 - EBEP-PERMISOS Y LICENCIAS-RÉGIMEN DISCIPLINARIO
« Respuesta #22 en: 26 Junio, 2009, 19:28:30 pm »
muchas gracias :), qué rapido :P

ummmmmmmmm entonces se sumarían..serían 25 días ?
« última modificación: 26 Junio, 2009, 19:29:24 pm por aku »

Desconectado lulomad

  • Opositor
  • *
  • Mensajes: 5
  • Aplausos: 23
Re: DUDAS TEMA 14 - EBEP-PERMISOS Y LICENCIAS-RÉGIMEN DISCIPLINARIO
« Respuesta #23 en: 26 Junio, 2009, 19:41:22 pm »
El permiso por paternidad es el establecido en el EBEP, es decir, 15 días; el Plan Concilia, al menos en este sentido, esta superado y hay que considerarlo sustituido por el del EBEP.

Por tanto, no se suman, son 15 días.

aku

  • Visitante
Re: DUDAS TEMA 14 - EBEP-PERMISOS Y LICENCIAS-RÉGIMEN DISCIPLINARIO
« Respuesta #24 en: 27 Junio, 2009, 10:48:16 am »
Gracias a los dos :). Ya lo tengo más claro :P

sofía

  • Visitante
Re: DUDAS TEMA 14 - EBEP-PERMISOS Y LICENCIAS-RÉGIMEN DISCIPLINARIO
« Respuesta #25 en: 30 Junio, 2009, 18:51:39 pm »
hola.. alguien podría decirme si la escala vigente para la junta de personal es la siguiente:

50 a 100----- 5
101 a 250---- 9
251 a 500 --- 13
501 a 750 --- 17
751 a 1000--- 21
1001 en adelante----- 21 por cada 1000 con el máx. de 75

Me estoy liando esto es lo que siempre he tenido yo y como me lo he sabido siempre pero hehecho varios test y me sale otra proporción... gracias....

mofly

  • Visitante
Re: DUDAS TEMA 14 - EBEP-PERMISOS Y LICENCIAS-RÉGIMEN DISCIPLINARIO
« Respuesta #26 en: 01 Julio, 2009, 09:16:55 am »
yo tambien me estoy liando, antes tenia otra escala pero creo que ya no es la correcta y el libro me señala la que tu has indicado. Estoy intentando buscarlo por las leyes, en cuanto sepa algo lo cuelgo aquí.

mofly

  • Visitante
Re: DUDAS TEMA 14 - EBEP-PERMISOS Y LICENCIAS-RÉGIMEN DISCIPLINARIO
« Respuesta #27 en: 01 Julio, 2009, 09:21:09 am »
He encontrado esto en el EBEP, y creo que ahora es lo vigente. Si me equivoco que alguien nos lo diga,

"5. Cada Junta de Personal se compone de un número de representantes, en función del número de funcionarios de la Unidad electoral correspondiente, de acuerdo con la siguiente escala, en coherencia con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores:

De 50 a 100 funcionarios: 5.

De 101 a 250 funcionarios: 9.

De 251 a 500 funcionarios: 13.

De 501 a 750 funcionarios: 17.

De 751 a 1.000 funcionarios: 21.

De 1.001 en adelante, dos por cada 1.000 o fracción, con el máximo de 75."

Saludos,

natalymar

  • Visitante
Re: DUDAS TEMA 14 - EBEP-PERMISOS Y LICENCIAS-RÉGIMEN DISCIPLINARIO
« Respuesta #28 en: 01 Julio, 2009, 09:26:34 am »
La escala de la junta de personal es esta:
50-100     5
101-250   7
251-500   11
501-750   15
751-1000  19
+1001 2% hasta un máximo de 75

mofly

  • Visitante
Re: DUDAS TEMA 14 - EBEP-PERMISOS Y LICENCIAS-RÉGIMEN DISCIPLINARIO
« Respuesta #29 en: 01 Julio, 2009, 09:35:37 am »
Pero, eso no era antes? ahoa con el EBEP se ha modificado, no? art. 39.5 del EBEP, que ha derogado la Ley 8/1987 en algunos puntos.