Autor Tema: DUDAS TEMAS 20 y 21- PENAL-ORD-ABREVIADO-FALTAS-RÁPIDO  (Leído 41829 veces)

Desconectado ciudadano_x

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Re:DUDAS TEMAS 20 y 21- PENAL-ORD-ABREVIADO-FALTAS-RÁPIDO
« Respuesta #105 en: 10 Octubre, 2013, 11:50:24 am »
Esta sacada de ahí.

Citar
Artículo 23

Si durante el sumario o en cualquier fase de instrucción de un proceso penal el Ministerio Fiscal o cualquiera de las partes entendieran que el Juez instructor no tiene competencia para actuar en la causa podrán reclamar ante el Tribunal superior a quien corresponda, el cual, previos los informes que estime necesarios, resolverá de plano y sin ulterior recurso.

En todo caso, se cumplirá lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo anterior.

Citar
Artículo 26

El Ministerio Fiscal y las partes promoverán las competencias por inhibitoria o por declinatoria.

El uso de uno de estos medios excluye absolutamente el del otro, así durante la sustanciación de la competencia como una vez que ésta se halle determinada.

La inhibitoria se propondrá ante el Juez o Tribunal que se repute competente.

La declinatoria, ante el Juez o Tribunal que se repute incompetente.

No lo veo claro, la ley dice que las cuestiones de competencia se interponen por declinatoria y por inhibitoria, el tribunal superior se supone que resuelve cuando los juzgados no se ponen de acuerdo, pero el 23 da a entender que uno puede dirigirse directamente al superior.

No lo acabo de comprender.

Desconectado mncmnc

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Re:DUDAS TEMAS 20 y 21- PENAL-ORD-ABREVIADO-FALTAS-RÁPIDO
« Respuesta #106 en: 10 Octubre, 2013, 11:52:54 am »
pues a mí me ha pasado lo mismo.....por eso mi pregunta, porque me parecen contradicctorios los art 23 y 26. ¿Ante qué órgano?????
ale.....a ver si algún compañero de esfuerzos nos hecha un cable....

Saludos....y sigo...que esto es muuuu largooo

Buen estudio!
« última modificación: 10 Octubre, 2013, 11:54:46 am por mncmnc »

Desconectado ciudadano_x

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Re:DUDAS TEMAS 20 y 21- PENAL-ORD-ABREVIADO-FALTAS-RÁPIDO
« Respuesta #107 en: 10 Octubre, 2013, 12:52:10 pm »
Estoy pensando que antes has dicho caso práctico, lo mismo sin tener el caso práctico es imposible responderlo.

Yo no estoy haciendo casos prácticos porque solo me preparo para el primer y segundo exámen, pero me imagino que tendrán un enunciado, lo mismo en este caso es revelador.

Desconectado mncmnc

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Re:DUDAS TEMAS 20 y 21- PENAL-ORD-ABREVIADO-FALTAS-RÁPIDO
« Respuesta #108 en: 10 Octubre, 2013, 12:56:01 pm »
no tenía enunciado
Cuando lo resuelva lo cuelgo.....sigo con otras cosas a veces veo la luz cuando adelanto en el tema
Saludos

Desconectado yomismo2015

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Re:DUDAS TEMAS 20 y 21- PENAL-ORD-ABREVIADO-FALTAS-RÁPIDO
« Respuesta #109 en: 10 Octubre, 2013, 22:37:31 pm »
Aunque habría mucho que reseñar sobre lo que es objeto de duda debido a su complejidad en esa pregunta test,la más correcta es la opción A,bajo mi humilde punto de vista.Aunque lo de la palabra denunciar que aparece tras la de reclamar en esa misma opción,hace que pierda un poco el sentido literal estricto.

El artículo 23 de la LECRIM está hablando de un momento procesal concreto,que es el transcurso del Sumario o instrucción.Por tanto,considero que la más correcta es la opción A,con alguna reserva debido a lo que expresan los artículos 19,26 y 45 de la LECRIM.Lo que está claro es que el carácter preceptivo que le da a las opciones b y c,hace que me decante claramente por la A.Es discutible que la opción A sea el mecanismo a tomar obligatorio,pero sin duda, me parece la opción más idónea.

Pero como digo,habría mucho que explicar sobre ello y mucho que desmenuzar del artículo 23...


Saludos.
« última modificación: 10 Octubre, 2013, 22:38:45 pm por yomismo2012 »

Desconectado mncmnc

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Re:DUDAS TEMAS 20 y 21- PENAL-ORD-ABREVIADO-FALTAS-RÁPIDO
« Respuesta #110 en: 10 Octubre, 2013, 23:05:58 pm »
Hola Yomismo,
Siiii es la A.
Si te apetece/y tienes tiempo) desmenuzar el 23 y más soy todas oidos (bueno ojos jeje), estoy algo perdida en penal, no lo he leido todos los temas todavía pero necesito aclarar algunas preguntas que tengo dificiles y no sé bien las respuestas
Un saludo! un placer leerte!
mncmnc

Desconectado ciudadano_x

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Re:DUDAS TEMAS 20 y 21- PENAL-ORD-ABREVIADO-FALTAS-RÁPIDO
« Respuesta #111 en: 10 Octubre, 2013, 23:16:56 pm »
Todos hemos hecho los deberes.

Por lo visto, hay un vacio en la LEC, y se entiende que el 26 de aplica en los llamados artículos de previo pronunciamiento por lo que deduzco, mientras que el 23 durante la instruccion/incoaccion de Sumario.

Total, la respuesta es la A, esto me ha enseñado un par de cosas procesales.

Otra pregunta,¿¿ las cuestiones previas y los artículos de previo pronunciamiento son lo mismo? Porque los estoy confundiendo sistemaritcamente.

Desconectado mncmnc

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Re:DUDAS TEMAS 20 y 21- PENAL-ORD-ABREVIADO-FALTAS-RÁPIDO
« Respuesta #112 en: 10 Octubre, 2013, 23:34:07 pm »
No , no es lo mismo....te copio algo que acabo de encotrar en la web, es un artículo de Dialnet....también tengo esta duda....pero como no he leido todo penal hay cosas que voy resolviendo según avanzo temas. uffffffffffff hoy ya no doy para más!

En el diseño del sumario que presenta la Ley de 1882, el Juez instructor no
esta facultado para resolver por sf mismo aquellas cuestiones que
pudiesen hacer referencia al fondo de la causa y que hicieran imposible
el ejercicio de la acci6n penal. Ello hace inviable que el Juez instructor
pueda resolver sobre estas cuestiones previas articuladas como
articulos de previo pronunciamiento porque el legislador entiende que
hacen referencia a cuestiones de fondo y si conociese de las mismas seproduciria una merma de las garantfas procesales. La raz6n: el poco
desarrollo del Derecho procesal penal en 1882 que hace que el legislador
se gufe por el proceso civil a la hora de regular el proceso penal.

Desconectado yomismo2015

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Re:DUDAS TEMAS 20 y 21- PENAL-ORD-ABREVIADO-FALTAS-RÁPIDO
« Respuesta #113 en: 10 Octubre, 2013, 23:47:18 pm »
Realmente es lo mismo.De hecho,el artículo 678 de la LECRIM así le llama en un momento dado,cuando está  haciendo referencia a los artículos de previo pronunciamiento.Tal vez,para calificarlas de algún modo y hacer ver que son cuestiones que en el "juicio ordinario" se analizan de manera previa al juicio oral.En el abreviado sí que es distinto...

Mncmnc con los artículos que he puesto se puede deducir y es lo que precisamente el compañero ciudadano_x dedujo.Es que sino haría un texto muy denso y podría liar más que ayudar,cuando se trata de una pregunta concreta.Los artículos claves son el 19,26 y sobre todo el 45(que habla sobre la sustanciación de la declinatoria)...


Saludos.
« última modificación: 10 Octubre, 2013, 23:52:09 pm por yomismo2012 »

Desconectado mncmnc

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Re:DUDAS TEMAS 20 y 21- PENAL-ORD-ABREVIADO-FALTAS-RÁPIDO
« Respuesta #114 en: 11 Octubre, 2013, 10:59:45 am »
Gracias Yomismo,
Si.....mejor no me lio más, realmente hasta que no lea todo penal no veré las cosas en conjunto.Iré haciendo esquemas pues es la única manera que encuentro a veces de ver las cosas!
Gracias por estar ahí!

Desconectado manekineko

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Re:DUDAS TEMAS 20 y 21- PENAL-ORD-ABREVIADO-FALTAS-RÁPIDO
« Respuesta #115 en: 29 Mayo, 2015, 11:09:47 am »
Buenaaaassss!!

Vamos a ver si reavivamos esas dudas!!

Estoy con la última actualización de la LECrim (texto consolidado BOE) y hay unos cuantos artículos donde pone que entrarán en vigor el 28 de octubre de 2015, y sale un recuadro con el texto actual.

¿Qué hay que estudiar? No hay grandes cambios, pero sí pueden ponerte en un aprieto si preguntan muy al detalle... Por ejemplo, en el artículo 261, hay un tercer punto (se eliminará a partrir del 28 de octubre) que pone que "no están obligados a declarar los hijos naturales respecto de la madre en todo caso, y respecto del padre cuando estuvieren reconocidos, así como la madre y el padre en iguales casos".

¿Alguien me ayuda?

Muchas gracias!!

Desconectado ciudadano_x

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Re:DUDAS TEMAS 20 y 21- PENAL-ORD-ABREVIADO-FALTAS-RÁPIDO
« Respuesta #116 en: 29 Mayo, 2015, 12:15:54 pm »
Me estoy esperando con los temas de la lecrim a ver si reune la comisión de selección con los sindicatos (previsiblemente en junio) y comentan como va a estar el asunto.

Para que te orientes:

Citar
3. Programas
Los programas que han de regir en la fase de oposición se contienen en Anexo II a la presente Orden. El contenido del temario para todos los ejercicios de la oposición se ajustará a la normativa publicada en el Boletín Oficial del Estado en la fecha de la presente convocatoria, aún cuando no hubiese entrado en vigor.
No obstante, en materia de Registro Civil se exigirá sólo la legislación vigente en la fecha de la presente convocatoria.

Así salió la última convocatoria de Gestión y previsiblemente saldrá para los tres cuerpos.

De todos modos, si preguntan cosas nuevas, será alguna y seguramente irán a lo importante, no creo que vayan a preguntarte una linea que ya ni estará vigente cuando hagas el exámen, si no, figurate como tendrían que plantear el enunciado para que no fuera anulable.

¿Puedes poner link al texto del boe con la lecrim consolidada?

Desconectado manekineko

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Re:DUDAS TEMAS 20 y 21- PENAL-ORD-ABREVIADO-FALTAS-RÁPIDO
« Respuesta #117 en: 29 Mayo, 2015, 12:45:36 pm »
Ostras perfecto!!

Muchísimas gracias, ya me quedo tranquila. Es que no me fío un peloooo de nada, voy con pies de plomo para todo.

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Re:DUDAS TEMAS 20 y 21- PENAL-ORD-ABREVIADO-FALTAS-RÁPIDO
« Respuesta #118 en: 24 Septiembre, 2015, 11:57:22 am »
Entonces estudiándonos la nueva LECrim estaríamos en lo cierto?

Yo estos dos temas me los había "saltado" (les eché un vistazo por encima, pero sin entrar en profundidad) hasta que no supiera algo seguro. Si con la LECrim actualizada estaría bien, voy a ponerme con ellos que no me deje cabos sueltos!

Ánimo ;)