Hola compis, la reforma de los artículos 669, 670 y 671 de la LEC se produjo por R.D. Ley 8/2011, de 21 de julio, de Medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, control del gasto público, cancelación de deudas con empresas y autónomos contraidas por las entidades locales.
Por lo tanto, si atendemos a la fecha vemos que es de julio de 2011, y la convocatoria de opo salió el 5 de septiembre de 2011, si que entra con total seguridad.
Cuando yo me quiero informar de las reformas me meto en la página de noticias jurídicas, en la ley que quiero ver y me voy en el sumario a las disposicones finales (o adicionales o lo que haya), si pinchas en la última te aparecerá al final un cuadro con todos los artículos que han sido reformados y por que ley, solo tienes que mirar la fecha de publicación, si tienes alguna duda miras también el tiempo de la vacatio legis para saber cuando entra en vigor. Seguro que hay otro modo más facil o directo pero ese es el que utilizo y me va bien.
El tema de la Ley de Registro Civil es que ha sido publicada una nueva ley en el BOE antes de convocar la opo y su vacatio es de 3 años, pero el Tribunal exmaninador ha dicho que si lo pueden preguntar, aunque no haya entrado en vigor, además de la Ley y Reglamento viejos.
La convocatoria de la opo dice que solo nos pueden preguntar hasta lo publicado en el BOE en la fecha de publicación de la convocatoria, por lo que la Ley 37/2011 de 11 de octubre no debería entrar al igual que la nueva ley de lo social (puiblicada en octubre y que entra en vigor este mes de diciembre pero no recuerdo el día), lo que pasa es que muchos profes y academias dicen que no te pueden preguntar derecho derogado en una opo y yo en la pasada encontré una pregunta de una reforma que se publicó después de la convocatoria, por lo que deduzco que hacen lo que les da la gana, por no decir una cosa más fuerte.
Con la ley en la mano, solo entra lo publicado hasta la fecha de la convocatoria de la opo, mucha suerte!