Autor Tema: tema 32 art 458 LEC Reformado  (Leído 1806 veces)

Desconectado mncmnc

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tema 32 art 458 LEC Reformado
« en: 28 Septiembre, 2012, 11:38:46 am »
Hola foreros,
art 458 reciente modificación  ley 37/2011 de 10 de Octubre
No entiendo ..me ayudaría un ejemplo compañeros....estais al corriente de esta reforma?
Teneis algún caso práctico al respecto? ???
Contra la resolución por la que se tenga por interpuesto el recurso de apelación no cabrá recurso alguno, pero la parte recurrida podrá alegar la inadmisibilidad de la apelación en el trámite de oposición al recurso a que se refiere el artículo 461 de esta Ley.
Saludos y gracias
Mncmnc

Desconectado javibarba

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Re:tema 32 art 458 LEC Reformado
« Respuesta #1 en: 28 Septiembre, 2012, 13:28:38 pm »
Es sencillo. A ver, tú interpones un recurso de apelación y el juzgado, si cree que se cumplen los requisitos formales necesarios para poder interponero (plazo, forma...), dictará una providencia teniendo por interpuesto el recurso y le da traslado a la otra parte para que haga un escrito de oposición a tu apelación. Pues bien, la otra parte (es decir, la apelada) no puede recurrir la providencia que tiene por interpuesto tu recurso de apelación (por ejemplo porque lo has interpuesto a los 21 dias en vez de los 20 que marca la ley) sino que tendrá que alegarlo en el escrito de oposición a la demanda de apelación. Por tanto, y esto es de cajón, el que le interesaría recurrir dicha providencia sería la parte apelada, pues la apelante lo que persigue es que se dicte esa providencia, pero la ley no deja al apelada recurrir sino sólo alegarlo en su escrito de oposición.

Evidentemente esto es sólo para cuando el juzgado ha determinado que tu demanda de apelación es admisible, porque si se inadmite (porque se dan cuenta de que la interpusiste el dia 21) entonces se dictará un Auto inadmitiendola y en este caso el interesado en recurrir este Auto no será la parte apelada (que no le interesa que haya apelación) sino a tí (parte apelante) y la ley sí te permite recurrir este auto en Recurso de Queja.

¿Más claro?

Desconectado mncmnc

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Re:tema 32 art 458 LEC Reformado
« Respuesta #2 en: 28 Septiembre, 2012, 15:36:57 pm »
Hola :) Javibarba
siii claro como el agua con el ejemplo.
Es mi primera lectura de Recursos y es espeso sin ver ejemploss...ufff
Estoy recopilando preguntas de temas 31 y 32 tipo test. Te apuntas? en el foro hay poca cosa, o al menos he encontrado poco.
Saludos un aplauso para ti!!!
mncmnc

Desconectado mncmnc

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Re:tema 32 art 475 R. Infracción Procesal
« Respuesta #3 en: 01 Octubre, 2012, 13:10:43 pm »
Hola.....a ver quien me confirma o desmiente dudilla 8)

TEMA 33  art 475 lEc

Transcurrido el plazo concedido a los recurridos y hayan éstos o no presentados los oportunos escritos de oposición, la Sala señalará por Providencia, dentro de los 30 días siguientes, dia y hora para la celebración de la Vista, y en su caso para la votación y fallo del recurso interpuesto.
¿No entiendo cuando dice y en su caso para la votación y fallo? Quiere decir que puede que no se celebre la vista y entonces la Sala diga el dia directamente para la votación y el fallo del Recurso? Y en ambos casos con o sin vista la sentencia será a los 20 dias.
Es diferente a lo que pasa con el de apelación no? que va directamente a la resolución (por auto o sentencia ) en un mes cuando no hay vista y si la hay son 10 dias.
Saludos ;)
mncmnc

Desconectado leguleya

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Re:tema 32 art 458 LEC Reformado
« Respuesta #4 en: 01 Octubre, 2012, 14:09:12 pm »
Exactamente, mnmc, la vista puede haberla o no, por ejemplo por que las partes no la pidan, ya que fundamentalmente es para practicar prueba, y si solo hay documental, pues no sería necesaria, pasando directamente a señalarse fecha para votación y fallo.

Desconectado mncmnc

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Re:tema 32 art 458 LEC Reformado
« Respuesta #5 en: 01 Octubre, 2012, 14:24:39 pm »
Muchas gracias!!! a veces leo....y este tema se me hace raro con la Disposición Adicional 16 de la LEC....estoy en ello
Te apuntas a recopilar preguntas sobre tema 32 y 33 de Recursos?
Un saludo!!
Mncmnc
« última modificación: 01 Octubre, 2012, 17:15:08 pm por mncmnc »