Autor Tema: DUDA SOBRE ART 612  (Leído 2844 veces)

escritora

  • Visitante
DUDA SOBRE ART 612
« en: 08 Febrero, 2010, 14:37:56 pm »
Hola a todos, compañeros de fatiguitas!

Hay una duda que me reconcome: el dichoso art 612 reformado, en él parece haber una contradicción, porque por un lado dice que las peticiones de mejora, reducción... las decidirá el Tribunal y por otro dice que estás peticiones las decidirá el Secretario, ¿en qué quedamos? O es que se han equivocado en los párrafos al hacer la reforma y uno sustituye al otro. Ayudadme, please...

Asuan

  • Visitante
Re: DUDA SOBRE ART 612
« Respuesta #1 en: 06 Abril, 2010, 11:25:53 am »
Bueno, según mi criterio yo veo diferencias entre  "el Tribunal proveerá..." y "Secretatio Judicial resolverá..."

Yo creo que cuando el Tribunal PROVEE puede tanto admitir como inadmitir o como resolver.
Mientras que el secretario judicial RESUELVE cuando ya ha sido adminido por el tribunal.

No se... eso creo yo...

Super_Agente_86

  • Visitante
Re: DUDA SOBRE ART 612
« Respuesta #2 en: 06 Abril, 2010, 12:45:37 pm »
Hola!
Aquí va una opinión más  :)

En la web del SISEJ tienen la ley modificada y hace una comparativa entre los artículos nuevos y los viejos. Justo en el apartado 2 del artículo 612, han puesto una nota que dice:  
"Error técnico: no se modifica el apartado 1 que señala que el tribunal proveerá por providencia"
 
Tampoco es que lo explique muy bien pero yo lo entiendo como una metedura de pata por haber olvidado suprimir el final del apartado 1 ( cuando menciona al Tribunal y la providencia ) a la hora de haber introducido los cambios.  
 
Si se introduce como novedad que va a ser ahora el Secre quien se va a encargar de ésto y que lo resolverá por decreto...no veo sentido a lo anterior. Parece que se les fue la olla y olvidaron quitarlo.  
 
Os dejo el link a la LEC del SISEJ (pág 256)  
 
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Saludos
« última modificación: 06 Abril, 2010, 12:56:13 pm por Super_Agente_86 »

jarki

  • Visitante
Re: DUDA SOBRE ART 612
« Respuesta #3 en: 06 Abril, 2010, 12:52:22 pm »
Gracias Super por tú aclaración e interpretación...que me parece más que correcta  :)...aquí la única necesaria eres tú y los demás contigentes. No entiendo cómo hay otros que no ayudan nada y tienen centenares de aplausos...La verdad es que no me lo explico.

Super_Agente_86

  • Visitante
Re: DUDA SOBRE ART 612
« Respuesta #4 en: 06 Abril, 2010, 13:20:09 pm »
Exageraó!!  :D

jarki

  • Visitante
Re: DUDA SOBRE ART 612
« Respuesta #5 en: 06 Abril, 2010, 13:44:27 pm »
Otro aplauso por ser además modesta.  ;)