Aun no domino muy bien la materia, pero por lo que he leído un proceso declarativo es aquel que pretende que se dicte una sentencia en la que se establezca la certidumbre de las relaciones jurídicas concretas que han sido objeto del debate y fija las consecuencias jurídicas que se derivan de las mismas, según lo pedido.
Según el art 248 LEC, serian clases de procesos declarativos, el juicio ordinario y el juicio verbal.