Autor Tema: DUDAS TEMA 19 - JURISDICCIÓN VOLUNTARIA  (Leído 13899 veces)

JavierCatalan

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DUDAS TEMA 19 - JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
« en: 07 Junio, 2010, 20:31:28 pm »
   Tengo una duda que plantearos en una pregunta.

   Las resoluciones judiciales dictadas en procedimientos de jurisdicción voluntaria:

  a) Serán apelables por ambas partes en ambos efectos.
  b) Serán apelables en ambos efectos por el solicitante del acto y en un sólo efecto por los que hayan sido llamados por el Juez al procedimiento.
  c) Serán apelables por ambas partes en un solo efecto.
  d) No sérán recurribles.

   El libro me da buena la b), pero yo entiendo es la d). ¿Alguna opinión?

Desconectado magdalena43

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Re: DUDAS TEMA 19 - JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
« Respuesta #1 en: 07 Junio, 2010, 21:25:09 pm »
Segun mis apuntes las apelaciones se admitirán:
- en ambos efectos, al que hubiere promovido el expediente.
- en un solo efecto, a los que hayan venido al expediente, o llamados por el Juez, o para oponerse a la solicitud que haya dado motivo a su formación.

Por consiguiente, creo que la correcta es la b. Mas opiniones? Magda.

Desconectado Al Travis

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Re: DUDAS TEMA 19 - JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
« Respuesta #2 en: 07 Junio, 2010, 22:10:44 pm »
Es la b seguro
Tengo Dobleteeeeee!

opositando a justicia

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Re: DUDAS TEMA 19 - JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
« Respuesta #3 en: 07 Junio, 2010, 23:27:01 pm »

Es la B)

LEC DE 1881:

Artículo 1819.

Las apelaciones se admitirán siempre en ambos efectos al que hubiere promovido el expediente.

Artículo 1820.

Las apelaciones que interpusieren los que hayan venido al mismo expediente, o llamados por el Juez, o para oponerse a la solicitud que haya dado motivo a su formación, serán admitidas en su sólo efecto.


JavierCatalan

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Re: DUDAS TEMA 19 - JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
« Respuesta #4 en: 08 Junio, 2010, 10:28:48 am »
Muchas gracias por la aclaración.

Desconectado JesusGC

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Re: DUDAS TEMA 19 - JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
« Respuesta #5 en: 13 Agosto, 2010, 14:07:21 pm »
Una duda:

En el caso de ser asignado un proceso a un abogado de oficio, este puede alegar insostenibilidad de la pretensión. Bien.

¿Cabe alguna posibilidad de alegar esta insostenibilidad en el orden penal? Con los condenados obviamente no, ¿pero con un demandante?

Gracias y saludos!

Desconectado yomismo2015

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Re: DUDAS TEMA 19 - JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
« Respuesta #6 en: 13 Agosto, 2010, 14:36:37 pm »
Yo entiendo que estás haciendo alusión al artículo 35 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita que dice:

El mismo procedimiento previsto en los artículos anteriores se seguirá cuando se trate de interponer recursos contra resoluciones que hayan puesto fin al proceso en la instancia correspondiente, si el abogado del recurrente considerase inviable la pretensión.

El cómputo del plazo para la interposición de los recursos quedará suspendido hasta tanto se resuelve materialmente la viabilidad de la pretensión.

En el orden penal y respecto de los condenados no cabrá formular insostenibilidad de la pretensión
[/u]

Como bien expusiste,si la Comisión de Asistencia Jurídica considera que las condiciones de un solicitante son adecuadas se le facilitará un abogado de oficio en el caso necesario.Dicho abogado en el ejercicio de su función no puede alegar insostenibilidad de la pretensión si le tocara defender a un condenado en cuestiones de jurisdicción penal porque podría existir una indefensión continua de éste.

Interpreto que en el caso del que ejerce la defensa de la parte actora si podría sostener insostenibilidad de la pretensión por pura lógica ya que no lo relaciono ahora mismo con ningún otro artículo.No he visto ningún artículo que niegue que el abogado pueda hacerlo.

Un saludo.
« última modificación: 13 Agosto, 2010, 14:41:45 pm por yomismo2009 »

Desconectado JesusGC

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Re: DUDAS TEMA 19 - JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
« Respuesta #7 en: 13 Agosto, 2010, 23:05:29 pm »
Gracias  :)

zion24

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Re: DUDAS TEMA 19 - JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
« Respuesta #8 en: 22 Septiembre, 2010, 20:31:23 pm »
hola!

alquien me puede explicar prorrateo de foros que significa?

Gracias

segatre

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Re: DUDAS TEMA 19 - JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
« Respuesta #9 en: 02 Octubre, 2010, 16:45:55 pm »


que quiere decir eso de "apelable a un solo efecto o en ambos efectos"?

cuáles son esos efectos?

gracias

ramtoledano

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Re: DUDAS TEMA 19 - JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
« Respuesta #10 en: 04 Octubre, 2010, 10:53:14 am »
un efecto: resuelve inmediato superior
dos efectos:resuelve superior  y suspension del proceso hasta que resuelva

Desconectado tempranillo2007

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Re: DUDAS TEMA 19 - JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
« Respuesta #11 en: 20 Noviembre, 2010, 14:06:11 pm »
Una preguntilla ¿Ahora es correcto o no hablar de papeleta de demanda?

Ahora debe hablarse de solicitud?

opoimpaciente

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Re: DUDAS TEMA 19 - JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
« Respuesta #12 en: 20 Noviembre, 2010, 17:50:34 pm »
nada de papeleta, la ley dice solicitud. ojo que yo creo que eso lo preguntan fijo

Desconectado jamel

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Re: DUDAS TEMA 19 - JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
« Respuesta #13 en: 18 Febrero, 2011, 11:55:23 am »
buenas como pregunto un compañero mas arriba que son los apeos y prorrateos de foros? no me queda muy claro, si alguien tiene algun ejemplo se lo agradeceria.

Desconectado jamel

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Re: DUDAS TEMA 19 - JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
« Respuesta #14 en: 18 Febrero, 2011, 12:15:13 pm »
tengo otra duda respecto al art.1817 en el se dice que se sujetarán a los trámites establecidos para el juicio que corresponda,segun la cuantia y a continuacion  dice que en tanto no entre en vigor la nueva ley sobre jurisdiccion voluntaria, las referidas al procedimiento contencioso procedente se entenderán hechas al juicio verbal.
me he echo un lio, a que juicio se sujetaran los trámites? gracias