gracias sarauroz por contestar tan rapido. Voy a poner un ejemplo de caso practico y mas o menos te digo como seria todo el proceso de resolucion, asi me dices en que estoy equivocado :
Supongamos que me presento a una oposicion, se publica la lista de admitidos y aparezco como excluido:
1 voy por via administrativa para subsanar ese error ( estima o desestima la administracion )
2 no estoy de acuerdo con la resolucion de la administracion, pues Recurso administrativo ( para mostrar mi disconformidad ), eso si tras agotar la via administrativa
compruebo si el acto agota o no la via administrativa ( lo agota en este caso? )
para ello compruebo el art 109 de la ley 30/92:
a) Las resoluciones de los recursos de alzada.
b) Las resoluciones de los procedimientos de impugnación a que se refiere el artículo 107.2.
( este seria el caso )c) Las resoluciones de los órganos administrativos que carezcan de superior jerárquico, salvo que una Ley establezca lo contrario.
d) Las demás resoluciones de órganos administrativos cuando una disposición legal o reglamentaria así lo establezca.
e) Los acuerdos, pactos, convenios o contratos que tengan la consideración de finalizadores del procedimiento.
tipos de recursos: alzada ( si no agota la via administrativa )
potestativo de reposicion ( si agota la via administrativa ) interpongo primero este
extraordinario de revision " """""""""""""""""""""""""" el segundo para interponer
contencioso administrativo """""""""""""""""""""""""" el tercero para interponer
esto seria correcto?
un saludo