Autor Tema: Mi mas sincero reconocimiento...  (Leído 2927 veces)

Tribunal

  • Visitante
Mi mas sincero reconocimiento...
« en: 05 Diciembre, 2011, 10:04:04 am »
Mi mas sincero reconocimiento y admiración a todas esas personas que han aprobado las oposiciones de auxi, trami, gestion, secretarios, notarías, etc, etc, porque llevo ya 2 dias para buscar con el libro por delante, las leyes a las que corresponden las preguntas del ultimo examen de tramitacion del modelo B, y con el libro abierto no las encuentro, ya me contareis sin libro, estoy desanimado. Alguien me puede decir de qué ley han sacados las siguientes preguntas??
5, 10, 11, 12, 17, 24, 26, 27, 29, 33, 40, 45, 50, 51, 52, 58, 60, 64, 65, 67, 68, 72, 74, 76, 79, 89, 94, 95 y 100. el resto las he encontrado, pero es que  estas se me resisten, ruego una ayudita. Gracias.


Desconectado alexander

  • Opositor
  • *
  • Mensajes: 3
  • Aplausos: 0
Re: Mi mas sincero reconocimiento...
« Respuesta #1 en: 05 Diciembre, 2011, 11:50:09 am »
No puedes ver este link. Registrate o Ingresa
Mi mas sincero reconocimiento y admiración a todas esas personas que han aprobado las oposiciones de auxi, trami, gestion, secretarios, notarías, etc, etc, porque llevo ya 2 dias para buscar con el libro por delante, las leyes a las que corresponden las preguntas del ultimo examen de tramitacion del modelo B, y con el libro abierto no las encuentro, ya me contareis sin libro, estoy desanimado. Alguien me puede decir de qué ley han sacados las siguientes preguntas??
5, 10, 11, 12, 17, 24, 26, 27, 29, 33, 40, 45, 50, 51, 52, 58, 60, 64, 65, 67, 68, 72, 74, 76, 79, 89, 94, 95 y 100. el resto las he encontrado, pero es que  estas se me resisten, ruego una ayudita. Gracias.



Hola.!. No te desanimes que aún tienes un tiempo hasta el examen, así que a darle fuerte..!!...
Creo recordar que en la página de adams venía la plantilla de  corrección de los exámenes con referencia al artículo que respondía la pregunta..Un saludo.!

Tribunal

  • Visitante
Re: Mi mas sincero reconocimiento...
« Respuesta #2 en: 05 Diciembre, 2011, 12:04:42 pm »
gracias por tus animos alexander, pero.., es que estoy desanimado, que le vamos a hacer. En cuanto a Adams, pues de momento no doy con la plantilla. Gracias de todos modos y suerte.

Tribunal

  • Visitante
Re: Mi mas sincero reconocimiento...
« Respuesta #3 en: 07 Diciembre, 2011, 07:59:23 am »
Hola, a ver si alguien me puede ayudar, ya tan solo me queda por encontrar las leyes de este ultimo examen de tramitacion, y ahora si que me rindo, no las encuentro, me quedan ya estas preguntas, 5, 11, 12, 26, 27, 33, 45, 51, 52, 58, 60, 68, 72, 74, 76, 79, 89, 94, 95, 100, el resto ya las he encontrado, pero es que estas se me resisten. Gracias.

Desconectado m jose

  • Maestro Opositor
  • **
  • Mensajes: 74
  • Aplausos: 6
Re: Mi mas sincero reconocimiento...
« Respuesta #4 en: 07 Diciembre, 2011, 13:13:14 pm »
Hola, veamos:

5...... art 90 LOPJ

5, 11, 12, 26, 27, 33, 45, 51, 52, 58, 60, 68, 72, 74, 76, 79, 89, 94, 95, 100,

11.... 384 LECRIM
12.... ¿ ES LA DE JCION VOLUNTARIA?, la buscaré porque no la encuentro.
26.... 81.2 LEY DE PLANTA
27.... 12.3 RD 917/2003 REGLAMENTO
33... ¿ACTOS DE CONCILIACION? TE LO BUSCO TB
45.... 52.1 CONTENCIOSO
51.... LA BUSCO
52.... 39.2 EBEP
58.... 221/223 UNION EUROPEA
60...TE LA BUSCO
68...803.1 LECRIM
72... 11 CONTENCIOSO
74... 152 LEC
76... 21.2 LEY DE PLANTA
79... 434 LEC
89 ... 64 LEY DE PLANTA
94... 384 LECRIM
95... 437 LEC
100... 962.1 LECRIM

Las tres esas las miraré porque creo que son de la lec de 1881, pero no estoy segura.

Desconectado m jose

  • Maestro Opositor
  • **
  • Mensajes: 74
  • Aplausos: 6
Re: Mi mas sincero reconocimiento...
« Respuesta #5 en: 07 Diciembre, 2011, 13:24:27 pm »
Ley de Enjuiciamiento Civil. Real Decreto de Promulgación de 3 de febrero de 1881.
Me sonaba algo de 1881 pero no sabía muy bien que, y era este RD.
Si puedo ayudarte en algo más..... aquí estamos.

PREGUNTA Nº 12

Artículo 1823.

Los expedientes sobre actos de jurisdicción voluntaria no serán acumulables a ningún juicio de jurisdicción contenciosa.

PREGUNTA 33

Artículo 471. Redacción según Ley 13/2009, de 3 de noviembre.

Artículo 471.

El acto de conciliación se celebrará en la forma siguiente:

    Comenzará el demandante exponiendo su reclamación y manifestando los fundamentos en que la apoye.

    Contestará el demandado lo que crea conveniente, y podrá también exhibir cualquier documento en que funde sus excepciones.

    Después de la contestación, podrán los interesados replicar y contrarreplicar, si quisieren.

    Si no hubiere avenencia entre ellos, el Secretario judicial o el Juez de Paz procurarán avenirlos.

    Si no pudieren conseguirlo, se dará el acto por terminado sin avenencia.

    Si las partes alcanzaran la avenencia, el Secretario judicial dictará decreto o el Juez de Paz auto aprobándola y acordando, además, el archivo de las actuaciones.

PREGUNTA Nº 60

Artículo 477.

Contra lo convenido en acto de conciliación podrá ejercitarse la acción de nulidad por las causas que invalidan los contratos.

La demanda ejercitando dicha acción deberá interponerse ante el Juez competente, dentro de los quince días siguientes a la celebración del acto y se sustanciará por los trámites del juicio declarativo que corresponde a su cuantía.

Desconectado oNeiRoS

  • Maestro Opositor
  • **
  • Mensajes: 80
  • Aplausos: 13
  • From The Bright Side Of The Gloom...
Re: Mi mas sincero reconocimiento...
« Respuesta #6 en: 07 Diciembre, 2011, 13:38:06 pm »
Y la pregunta 51:
Art. 1819 LEC 1881: Las apelaciones se admitirán siempre en ambos efectos al que hubiere promovido el expediente.

El enlace que comentaba alexander a la plantilla de Adams, con indicación del artículo en el que puedes ver la respuesta es el siguiente:
No puedes ver este link. Registrate o Ingresa (eso sí, el artículo a aplicar a la pregunta 14 es el 465.2 de la LOPJ)
Salud y suerte en los estudios.
« última modificación: 07 Diciembre, 2011, 13:39:24 pm por oNeiRoS »
Pain is inevitable. Suffering is optional.

Tribunal

  • Visitante
Re: Mi mas sincero reconocimiento...
« Respuesta #7 en: 07 Diciembre, 2011, 14:18:04 pm »
No puedes ver este link. Registrate o Ingresa
Ley de Enjuiciamiento Civil. Real Decreto de Promulgación de 3 de febrero de 1881.
Me sonaba algo de 1881 pero no sabía muy bien que, y era este RD.
Si puedo ayudarte en algo más..... aquí estamos.

PREGUNTA Nº 12

Artículo 1823.

Los expedientes sobre actos de jurisdicción voluntaria no serán acumulables a ningún juicio de jurisdicción contenciosa.

PREGUNTA 33

Artículo 471. Redacción según Ley 13/2009, de 3 de noviembre.

Artículo 471.

El acto de conciliación se celebrará en la forma siguiente:

    Comenzará el demandante exponiendo su reclamación y manifestando los fundamentos en que la apoye.

    Contestará el demandado lo que crea conveniente, y podrá también exhibir cualquier documento en que funde sus excepciones.

    Después de la contestación, podrán los interesados replicar y contrarreplicar, si quisieren.

    Si no hubiere avenencia entre ellos, el Secretario judicial o el Juez de Paz procurarán avenirlos.

    Si no pudieren conseguirlo, se dará el acto por terminado sin avenencia.

    Si las partes alcanzaran la avenencia, el Secretario judicial dictará decreto o el Juez de Paz auto aprobándola y acordando, además, el archivo de las actuaciones.

PREGUNTA Nº 60

Artículo 477.

Contra lo convenido en acto de conciliación podrá ejercitarse la acción de nulidad por las causas que invalidan los contratos.

La demanda ejercitando dicha acción deberá interponerse ante el Juez competente, dentro de los quince días siguientes a la celebración del acto y se sustanciará por los trámites del juicio declarativo que corresponde a su cuantía.

Muchisimas gracias m jose, me arrodillo ante ti, increible, y eso que me he mirado de arriba abajo toda la lec y lecrim, pero no daba con estas respuestas, la lec 1881, no se porque no la tengo y claro asi no encontraba esa respuesta, ni la ley de planta. En fin, queda mucho camino todavia. Pues no sabes lo agradecidisimo que estoy, no sabes como me has alegrado el dia porque ya estaba harto de no dar con ellas, muchas gracias de verdad y que tengas suerte  :D

Tribunal

  • Visitante
Re: Mi mas sincero reconocimiento...
« Respuesta #8 en: 07 Diciembre, 2011, 14:21:47 pm »
No puedes ver este link. Registrate o Ingresa
Y la pregunta 51:
Art. 1819 LEC 1881: Las apelaciones se admitirán siempre en ambos efectos al que hubiere promovido el expediente.

El enlace que comentaba alexander a la plantilla de Adams, con indicación del artículo en el que puedes ver la respuesta es el siguiente:
No puedes ver este link. Registrate o Ingresa (eso sí, el artículo a aplicar a la pregunta 14 es el 465.2 de la LOPJ)
Salud y suerte en los estudios.

Muchas gracias a ti tambien oneiros por haberme ayudado, y vaya tela, has dado con la plantilla de adams antes que yo, y me he tenido que dar de alta en el foro, el lunes, que el moderador me envie un correo como que me valida la cuenta, y ayer pregunte por dicha plantilla pero al ser fiesta en el foro de adams no habia movimiento, 1 o 2 personas conectadas pero nada que ver con justicia, en fin, lo dicho, tambien te estoy muy agradecido por tu ayuda. Gracias y que tambien tengas mucha suerte.  :D

Tribunal

  • Visitante
Re: Mi mas sincero reconocimiento...
« Respuesta #9 en: 07 Diciembre, 2011, 20:38:26 pm »
No puedes ver este link. Registrate o Ingresa
Hola, veamos:

52.... 39.2 EBEP
58.... 221/223 UNION EUROPEA
60...TE LA BUSCO
68...803.1 LECRIM
Las tres esas las miraré porque creo que son de la lec de 1881, pero no estoy segura.

En la pregunta 58, ¿que han preguntado por una ley que esta vigente hasta el 1 de diciembre de 2009?, al menos eso pone en noticias juridicas "Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. (Vigente hasta el 1 de diciembre de 2009)", redacción anterior, ¿es esto asi?, porque despues yo tengo una ley del tratado de la union europea que ya me imagino que no es lo que estan preguntando y tengo tan solo 55 articulos. En esto estoy hecho un lio de montepio y mas perdio que el barco del arroz. A ver si alguien me lo aclara, pero vamos, tanto la plantilla de adams como de m jose dan la misma respuesta.
« última modificación: 10 Diciembre, 2011, 19:24:34 pm por Tribunal »

Tribunal

  • Visitante
Re: Mi mas sincero reconocimiento...
« Respuesta #10 en: 10 Diciembre, 2011, 19:25:44 pm »
No puedes ver este link. Registrate o Ingresa
En la pregunta 58, ¿que han preguntado por una ley que esta vigente hasta el 1 de diciembre de 2009?, al menos eso pone en noticias juridicas "Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. (Vigente hasta el 1 de diciembre de 2009)", redacción anterior, ¿es esto asi?, porque despues yo tengo una ley del tratado de la union europea que ya me imagino que no es lo que estan preguntando y tengo tan solo 55 articulos. En esto estoy hecho un lio de montepio y mas perdio que el barco del arroz. A ver si alguien me lo aclara, pero vamos, tanto la plantilla de adams como de m jose dan la misma respuesta.

¿alguien sabe algo?