esto es increible con las respuestas anbiguas y la discrepcionalidad de los tribunales... yo puse el tsj en la pregunta del recurso de infraccion procesal ya que segun el tribunal de gestión , sin especificar art, dio como valido tsj, ahora bien no habia otra respuesta correcta ni estaba la opcion de tribunal supremo...ufff ... por otro lado mi preparador siempre me dijo que si no pone art. 468 de la lec era el tribu supremo... como digo yo recorde ambas cosas que gestion dio por correcta tsj y qeu mi preparador decia lo otro... que lio... esto es desesperante ... que digan ya la nota de corte sea la que sea ... si entro bien y si no a

como el año pasado... esto es un sinvivir...
otra pregunta que he leido con algo de polemica es la de las faltas que no especifican de que faltas hablan si es de funcionario, que yo supongo, o el de jueces que sería otro plazo 1 año... yo creo que es de funcionarios pero tiene guasa con la anbiguedad de las preguntas....
QUE DIGAN EL CORTE YA POR FAVOR QUE NOS VAMOS A VOLVER LOCOS...
