sería una burrada enorme que preguntaran por el 203,
el plazo real es el del 973,
además de estar reformado relativamente de forma reciente,
está en la parte específica de ese procedimiento,
pero claro, si lo ponen, a mi entraría duda, y me leería el enunciado no sé cuantas veces,
un padrenuestro para que no salga jajaj, o si sale, con art. al menos