Hola...
Creo que la solución que habeis acordado a propósito de la duda del test de mad, no es correcta... En este sentido, creo como afirmaba Pocesalilla en un principio que el test de mad esta equivocado...
Así, a la pregunta de cuándo el demandante podrá desistir unilateralmente del juicio, no puede responderse en cualquier momento... Salvo que el término "unilateralmente" deje de significar por la propia voluntad de uno (en este caso, del demandante que pretende desistir...)
En este sentido, y a la luz del artículo 20.2 de la LEC, el demandante sólo puede desistir unilateralmente del juicio en dos supuesto:
1. Antes de que el demandado sea emplazado para contestar a la demandao citado para el juicio... Ó
2. En cualquier momento, cuando el demandado se encuentre en rebeldía.
Esto es, para que pueda el demandado desistir en cualquier momento del juicio, se requiere que el demandado se encuentre en rebeldía... Dicho en otras palabras...: O bien desiste el demandante antes de que se de traslado de la demanda al demandado, o sólo podrá desistir unilateralmente el demandante si el demandado está en rebeldía, ya que en otro caso, se le dará traslado al demandado de la demanda... y una vez ello, el demandante necesitará que el demandado no se oponga al desestimiento para que éste se lleve a efecto (con que ya no es unilateral, y necesita el asentimiento del demandado...), pues en otro caso, es decir, si el demandado se opone al desestimiento, "el juez resolverá lo que estime oportuno", como establece el último inciso del 20.3... Y por lo tanto, tampoco sería unilateral, al nesecitar la decisión del juez acerca de ese extremo...
Por todo ello, creo que la respuesta correcta sería la C...
Un saludo a todos...
