Es básicamente lo que dices,pero es mucho más sencillo.
El gobierno podrá oponerse a la tramitación de una proposición de ley o enmienda que sea contadictoria a unas disposiciones que emitió el Gobierno en su día (y está en vigor) mediante decreto-legislativo por delegación o autorización previa de las Cortes.Este decreto-legislativo que tiene fuerza de ley es lógico que para que pueda dejar de tener validez hay que derogarlo a priori.
Es normal que el Gobierno diga en sentido figurado :"Oye,oye Señor Congreso o Señor Senado que tú me diste unos patrones iniciales para que realizara este decreto-legislativo y delegaste en mi la confianza para que creara unas disposiciones acordes,por lo menos primero haz una proposición de ley que pase el filtro del Parlamento y que si hay acuerdo pues que se derogue".
Saludos.