Buenas noches a todos,
Ciudadano he estado mirando la pregunta de la excedencia y si te dice
según el Plan Concilia la opción correcta el la de dos años opción A con reserva del puesto de trabajo lo he mirado en el B.O.E donde se publicó y te lo pego por si lo quieres leer es del 16/12/2005
"Ampliar a dos años el periodo de excedencia con
reserva del puesto de trabajo que desempeñaban, al que
tienen derecho los empleados públicos para atender al
cuidado de un familiar que se encuentre a su cargo, hasta
el segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad
que, por razones de edad, accidente, enfermedad o disca-
pacidad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe
actividad retribuida. Se amplía en un año el periodo de
excedencia con reserva del puesto que desempeñaban en
el caso de la excedencia para el cuidado de cada hijo. En
ambos casos el periodo máximo de la excedencia será de
tres años, siendo la reserva, durante el último año, a
puesto de trabajo en la misma localidad y de igual nivel y
retribución"
Pero según el art 509 de la LOPJ dice que "el derecho a la reserva del puesto de trabajo que desempeñaban será de un año" asi que ya tenemos otra contradicción.
Ahora que lo estoy pensando la reserva del puesto de trabajo es de tres años sea el mismo puesto que teníamos anteriormente o otro en la misma localidad, esto no lo especifica la pregunta, también podría ser la opción C , bueno me voy a descansar a ver si mañana lo veo más claro.
A ver si alguien deshace el entuerto.
HASTA MAÑANA.