He estado mirando un montón de exámenes y la única pregunta directa que he encontrado acerca de esto es:
Los delegados sindicales que no forman parte del Comité de empresa:
a- Tendrán las mismas garantías que las establecidas para el Comité de empresa.
b- Los delegados sindicales forman parte siempre del Comité de empresa, por lo tanto tienen las mismas garantías.
c- No tendrán las mismas garantías que la establecidas para el Comité de empresa.
d- Tendrán las garantías que establezca el Convenio específico de cada empresa.
La respuesta correcta es la a.
No obstante, me parece importante tener presente que los representantes de los trabajadores pueden ser representantes legales (delegados de personal o miembros del comité de empresa) y/o representantes sindicales (delegados sindicales), porque a lo largo del temario van saliendo unos y otros con diferentes atribuciones. Y ahí puede estar luego la clave de alguna pregunta del test o del caso práctico.
Por ponerte sólo algunos ejemplos, en el tema 15 en lo referente al expediente disciplinario, en el RD 796/2005, el artículo 5 afecta a ambos tipos de representantes mientras que el artículo 28 lo limita a representantes sindicales.
Y en el tema 67, en los procedimientos laborales especiales, la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social también hace distinción. En el artículo 104 d, se refiere sólo a representantes sindicales, y por el contrario en el art. 112.1, a efectos de ejercer la opción, es para ambos. O en el art. 124.1 establece diferentes requisitos para unos y otros.