Autor Tema: DUDAS TEMA 18 - CAMBIARIO-MONITORIO-PROCESOS MATRIMONIALES  (Leído 33628 veces)

Desconectado roo

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DUDAS TEMA 18 - CAMBIARIO-MONITORIO-PROCESOS MATRIMONIALES
« en: 09 Junio, 2009, 14:18:15 pm »
se que a estas alturas es un poco fuerte preguntar esto pero es q a veces estudio de memoria y ni siquiera se lo que estoy estudiando, a ver, en el art. 751 LEC dice que en los procesos de capacidad, filiación, matrimonio y menores no surtiran efecto la renuncia, el allanamiento ni la transacción, bueno pues lo de la renuncia lo deduzco pero ¿en qué consiste un allanamiento o una transacción? muxas gracias por adelantado y lo dicho perdonad por la pregunta a estas alturas!!

manuman

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Re: DUDAS TEMA 18 - CAMBIARIO-MONITORIO-PROCESOS MATRIMONIALES
« Respuesta #1 en: 09 Junio, 2009, 15:16:44 pm »
hola roo:
tanto el allanamiento como la transacción son otras formas de terminar un proceso judicial..es decir que se llegue a un acuerdo sin necesidad de llegar hasta el final de la controversia..

El allanamiento puede ser total o parcial...te voy a poner un ejemplo: Tu me debes 15mil€ y yo te lo reclamo a través de un proceso monitorio..pues bien,cuando a ti se te notifica y se te requiere para el pago te acercas al juzgado y dices que me vas a pagar 9mil€ porque lo demás NO me lo debes...Bien esto sería un ALLANAMIENTO PARCIAL..si me abonas todo seria TOTAL..y si no quieres abonar nada NO HABRIA ALLANAMIENTO...y seguira su cauce el proceso..

La transaccion puede ser un acuerdo  dentro del proceso como fuera del mismo..fuera del proceso sería Extrajudicial..(siguiendo con el ejemplo)..imaginate que nosotros nos hubiesemos reunido para pagarme lo que me debes  y lo dejamos recogido en un documento...y luego yo tengo el "morro" de volvertelo a pedir...Pues tú vas al juzgado y exhibes ese documento donde ya existe el pago..ha habido una transacción extrajudicial..por tanto el juez no va seguir con la causa porque no hay objeto para ello...

algo así es más o menos.. :)

A todos nos surgen dudas y creo que ninguna es tonta...a mi todos los días me sale alguna...hoy en concreto he pensado:..que hago estudiando si seguro que no apruebo..o si??... ;D ;D
un saludo y ánimo...
« última modificación: 09 Junio, 2009, 18:00:42 pm por MANUMAN »

Nar

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Re: DUDAS TEMA 18 - CAMBIARIO-MONITORIO-PROCESOS MATRIMONIALES
« Respuesta #2 en: 09 Junio, 2009, 15:31:38 pm »
Allanarse es aceptar las pretensiones de la parte contraria, y transaccion es un acuerdo entre las partes, que homologa el juez y se puede ejecutar como titulo ejecutivo.
Algo así

Desconectado mmartica

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Re: DUDAS TEMA 18 - CAMBIARIO-MONITORIO-PROCESOS MATRIMONIALES
« Respuesta #3 en: 10 Junio, 2009, 12:24:04 pm »
Buenas,

hay algo que no m queda claro en el requerimiento de pago en el monitorio, si al ir a hacerle el requerimiento
por la comision judicial si paga se suspenden actuaciones y se le da justificante, pero si no paga hay que esperar
a ver si lo hace en los 20 dias que se le conceden o se practica embargo preventivo como en el cambiario?
y otra cuestion tanto en el cambiario como en el monitorio si se paga en el acto se le requiere por las costas en ese
momento o hay que esperar a liquidacion posterior?
Tengo un poco de lio con este tema ,alguien que lo tenga mas claro me echa un cable?

saludos,
mmartica
« última modificación: 27 Octubre, 2009, 09:30:53 am por justiciaoposicion »

Desconectado nuwanda70

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Re: DUDAS TEMA 18 - CAMBIARIO-MONITORIO-PROCESOS MATRIMONIALES
« Respuesta #4 en: 10 Junio, 2009, 12:32:26 pm »
tiene 20 días o bien para pagar o bien para comparecer y alegar escrito de oposicion suscintamente, oponiendo las razones por las que a su entender no debe en todo o en parte la cantidad reclamada

Desconectado mmartica

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Re: DUDAS TEMA 18 - CAMBIARIO-MONITORIO-PROCESOS MATRIMONIALES
« Respuesta #5 en: 10 Junio, 2009, 12:40:43 pm »
Hola nuwanda70
pero entiendo que si no paga en ese momento no se realiza embargo, hasta que transcurran los 20 dias
y no pague ni se oponga, entonces volvería la comision esta vez para realizar el embargo en si
es así?

Desconectado mmartica

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Re: DUDAS TEMA 18 - CAMBIARIO-MONITORIO-PROCESOS MATRIMONIALES
« Respuesta #6 en: 10 Junio, 2009, 13:22:07 pm »
Hola de nuevo,

acabo de encontrar que en el caso de reclamacion de gastos comunes de comunidades de propietarios si es posible el embargo
preventivo segun el art 21.5 de la LPH ,pero sigo sin tener claro si esta posibilidad existe en el resto de monitorios...
alguien lo tiene mas claro que yo?

gracias....

carmeniz

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Re: DUDAS TEMA 18 - CAMBIARIO-MONITORIO-PROCESOS MATRIMONIALES
« Respuesta #7 en: 11 Junio, 2009, 03:18:01 am »
mmartica:

se requiere de pago al deudor del monitorio por 20 días para que PAGUE o bien COMPAREZCA Y SE OPONGA. Este requerimiento se hace mediante entrega (art.812).

A- El deudor paga en ese momento del requerimiento o en cualquier momento durante esos 20 días que le conceden de plazo para hacerlo. Si acredita el pago, se le entrega justificante y se archiva todo (art.817)

B- si el deudor ni paga ni se opone (en esos 20 días concedidos), a continuación, el tribunal dictará AUTO DESPACHANDO ejecución (de oficio) y ya proseguirá todo como un procedimiento EJECUTIVO que sigue los trámites de la ejecución de sentencias (el "ejecutado" , ya no es simplemente "deudor", ya estamos dentro de un proceso ejecutivo, podrá oponerse por las mismas causas que se puede oponer a una ejecución de sentencias o resoluciones judiciales en el plazo nomal de 10 días etc) En esta fase es cuando irá la comisión a proceder al EMBARGO (ejecutivo)

C- el deudor comparece y se opone:
el monitorio se transforma en un verbal o en un ordinario, dependiendo de la cuantía que se reclame 


-Para ir a hacer el requerimiento de pago No hace falta que vaya la Comisión, solo el de Auxilio, pues no se va a proceder a ningún embargo
-el embargo que se acaba practicando aquí es ejecutivo, no tiene nada que ver con el embargo preventivo que se acuerda en el cambiario al principio del procedimiento, por si no paga  (este embargo preventivo también se convertirá en ejecutivo, una vez que se dicte auto despachando ejecución)
-en el monitorio, si el deudor paga no se le condena en costas (la ley no lo dice, art.817) mientras que el el cambiario, aunque pague, sí que tiene que hacerse cargo de las costas, la ley lo dice expresamente (art.822)

Bueno, espero haberte echado ese cable que pedías, aunque me acabo enrollando como una persiana, por más breve que quiero ser

Saludos y suerte

Celia

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Re: DUDAS TEMA 18 - CAMBIARIO-MONITORIO-PROCESOS MATRIMONIALES
« Respuesta #8 en: 11 Junio, 2009, 08:59:34 am »
carmeniz, siempre lo explicas todo estupendamente!! Siempre te leo porque aclaras las dudas muy bien!!
plas,plas ;D

Desconectado mmartica

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Re: DUDAS TEMA 18 - CAMBIARIO-MONITORIO-PROCESOS MATRIMONIALES
« Respuesta #9 en: 11 Junio, 2009, 10:05:27 am »
Buenos días carmeniz,

tu cable ha sido todo un puente , me has resuelto de un plumazo todas las dudas que tenia con respecto a este tema,
pues tambien me surgía la duda de las costas.
Muchísimas gracias y tambien te deseo mucha suerte

mmartica

silviasg

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Re: DUDAS TEMA 18 - CAMBIARIO-MONITORIO-PROCESOS MATRIMONIALES
« Respuesta #10 en: 11 Junio, 2009, 11:37:36 am »
Gracias por tu clara explicación.

carmeniz

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Re: DUDAS TEMA 18 - CAMBIARIO-MONITORIO-PROCESOS MATRIMONIALES
« Respuesta #11 en: 11 Junio, 2009, 13:06:49 pm »
de nada, me alegro mucho de que os resulte clarificadora la explicación
gracias, procesalilla, me voy a ruborizar  :-[

vamos!!!  que tenemos que aprobar el 2º de auxilio

y suerte otra vez,  :D
a por ellos que son pocos y cobardes !!!
« última modificación: 11 Junio, 2009, 13:07:31 pm por carmeniz »

silviadfg

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Re: DUDAS TEMA 18 - CAMBIARIO-MONITORIO-PROCESOS MATRIMONIALES
« Respuesta #12 en: 24 Junio, 2009, 19:03:11 pm »
En el procedimiento cambiario cuando el demandado no presenta demanda de oposición, como acaba? por auto??

Saludos y ánimo
« última modificación: 27 Octubre, 2009, 09:17:16 am por justiciaoposicion »

Desconectado nuwanda70

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Re: DUDAS TEMA 18 - CAMBIARIO-MONITORIO-PROCESOS MATRIMONIALES
« Respuesta #13 en: 24 Junio, 2009, 19:05:38 pm »
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En el procedimiento cambiario cuando el demandado no presenta demanda de oposición, como acaba? por auto??

Saludos y ánimo

si no presena demanda de oposicion en el plazo establecido (diez dias) se dictará auto despachando ejecución por las cantidades reclamadas y se trabará embargo si no se hubiera podido practicar

Desconectado mmartica

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Re: DUDAS TEMA 18 - CAMBIARIO-MONITORIO-PROCESOS MATRIMONIALES
« Respuesta #14 en: 24 Junio, 2009, 19:36:33 pm »
Hola,

una pregunta al respecto el auto que pone fin al cambiario ya se puede considerar titulo ejecutivo o hay
que interponer dda para para llevarlo a efecto, en el caso de que se hubiera levantado el embargo preventivo... o simplemente
este embargo se transforma en ejecutivo sin necesidad de instar ejecucion

graciass.....