Cleopatra aquí te adjunto todo lo que tengo del Plan concilia. Como podrás ver solo afecta a los trabajadores de la AGE, por tanto, solo funcionarios.
El Plan Concilia es un plan integral de conciliación de la vida personal y laboral en la AGE, es decir, un paquete de medidas que supusieron la normativa más completa aprobada nunca en nuestro país en esta materia, pues recogió las iniciativas más avanzadas del sector público y privado sobre la cuestión.
Las principales medidas que se adoptaron fueron:
? Horarios
Se mantiene el número de horas semanales pero se reduce la parte fija del horario de 9:00 a 17:00 horas con una interrupción mínima para la comida para el horario de mañana y tarde. La parte flexible alcanza un tercio del total y nunca podrá rebasar las 18:00horas.
? Padres
Concesión de 10 días de permiso de paternidad por nacimiento, acogimiento o adopción de un hijo.
? Madres
Sustitución, con carácter opcional, del permiso de lactancia de los hijos menores de 12 meses por un permiso adicional de hasta 4 semanas.
? Cuidado de hijos y personas dependientes
Ampliación de la reducción de jornada a quienes tengan a su cuidado directo hijos menores de 12 años.
Derecho a flexibilizar en una hora el horario fio de jornada para quienes tengan a su cargo personas mayores, hijos menores de 12 años o personas con discapacidad.
Concesión con previa autorización de la modificación del horario fijo en 2 horas por motivos relacionados con la conciliación de la vida personal y en los casos de familias monoparentales.
Derecho a solicitar una reducción del 50% de la jornada laboral durante un mes, con carácter retribuido, para atender el cuidado de un familiar en primer grado por razón de enfermedad muy grave.
Ampliación de 3 años del periodo máximo de excedencia al que tienen derecho los empleados públicos para el cuidado de cada hijo o un familiar a su cargo, hasta el 2º grado de consanguinidad (hermano). Durante los dos primeros años se reserva el mismo puesto de trabajo. A partir del tercero, se garantiza un puesto en la misma localidad de igual nivel y retribución.
? Partos prematuros
Derecho del empleado público a ausentarse 2 horas diarias retribuidas en los casos de nacimiento de hijos prematuros o que tengan que permanecer hospitalizados después del parto. En estos supuestos, el permiso de maternidad podrá computarse a partir de la fecha del alta hospitalaria del bebé (y no desde la fecha del parto).
? Fecundación asistida
Derecho a ausentarse del trabajo para someterse a técnicas de fecundación asistida por el tiempo necesario para su realización.
? Adopción
Derecho a un permiso de 2 meses en los supuestos de adopción internacional, cuando sea necesario el desplazamiento previo de los padres al país de origen del adoptado, manteniendo las retribuciones básicas del salario.
? Discapacidad
Los empleados públicos que tengan hijos con discapacidad tendrán 2 horas de flexibilidad horaria diaria a fin de conciliar los horarios de los centros de educación especial y otros centros donde el hijo o hija reciba atención, con los horarios de los propios puestos de trabajo. Igualmente, tendrán derecho a ausentarse del trabajo para asistir a reuniones de coordinación y apoyo.
? Formación Continua
Los empleados públicos podrán recibir y participar en cursos de formación durante los permisos de maternidad, paternidad, así como durante las excedencias por motivos familiares.
? Protección contra la violencia de género
La empleada pública víctima de violencia de género que se vea obligada a abandonar el puesto de trabajo podrá solicitar un traslado en distinta unidad administrativa o en otra localidad.
Derecho a una excedencia, para hacer efectiva su protección o asistencia social integrada, sin necesidad de haber prestado un tiempo mínimo de servicios y sin plazo de permanencia en la misma. Durante los 2 primeros meses se percibirán retribuciones íntegras.