Autor Tema: DUDAS TEMA 23 - LABORAL  (Leído 11672 veces)

ALPAB

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DUDAS TEMA 23 - LABORAL
« en: 23 Febrero, 2009, 14:13:16 pm »
BUENOS DIAS, ME HA SURGIDO UNA DUDA, Y ES QUE NO SE HASTA DONDE LLEGA EL TEMARIO POR LA LEY. ES DECIR, TERMINA EN LOS PROCESOS DE SEGURIDAD SOCIAL, O TAMBIEN PARA AUXILIO Y TRAMITACION HAY QUE ESTUDIARSE TODOS LOS PROCESOS ESPECIALES??
« última modificación: 27 Octubre, 2009, 09:31:07 am por justiciaoposicion »

estudiaqueestudia

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Re: DUDAS TEMA 23 LABORAL
« Respuesta #1 en: 23 Febrero, 2009, 14:20:41 pm »
El programa no los incluye, sólo en gestión lo hace.  Así q en ppio sólo entrarían despidos, sanciones y ss.
Saludos

loreflower

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Re: DUDAS TEMA 23 LABORAL
« Respuesta #2 en: 23 Febrero, 2009, 21:19:17 pm »
Hola yo me estudiaré solo los despidos y luego que te suenen los nombres del resto de especiales, creo que será suficiente. A ESTUDIAR

vareti

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Re: DUDAS TEMA 23 LABORAL
« Respuesta #3 en: 17 Junio, 2009, 18:59:29 pm »
A ver, mi duda es la siguiente: La competencia para conocer de los procesos sobre impugnación de convenios colectivos corresponde a la sala de lo social de la Audiencia Nacional, siempre que el ámbito territorial de aplicación sea superior al territorio de una Comunidad Autónoma (Art. 67.1 LOPJ). Pero,y si el ámbito de aplicación es inferior a una Comunidad Autónoma, quién conoce?? yo habría jurado que conocia la sala de lo social del TSJ correspondiente, pero el 75 LOPJ que es el que regula las competencias de la sala de lo social del TSJ no dice nada a este respecto. He leido por ahi en algún test que conoce el Juzgado de lo Social, pero la ley no me lo deja claro, pues el art. 93 que es el que regula las competencias de los juzgados de lo social, dice que éstos conocerán "en primera o única instancia, de los procesos sobre materias propias de este orden jurisdiccional que no estén atribuidos a otros órganos del mismo".
Espero q alguien me pueda echar un cable. Muchas gracias y mucho ánimo a todos!

Desconectado maffi

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Re: DUDAS TEMA 23 LABORAL
« Respuesta #4 en: 17 Junio, 2009, 23:03:40 pm »
mira el artículo 7 de la ley de procedimiento laboral 2/95 dice:

Artículo 7. [Tribunales Superiores de Justicia]
Las Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia conocerán:
a) En única instancia de los procesos sobre las cuestiones a que se refieren los apartados g), h), i), k), l) y m)
del artículo 2 cuando extiendan sus efectos a un ámbito territorial superior al de la circunscripción de un Juzgado
de lo Social y no superior al de la Comunidad Autónoma, así como de todos aquellos que expresamente les
atribuyan las leyes.
(...)

el artículo 2 en la letra m dice: m) Sobre impugnación de Convenios Colectivos.

y el artículo 6 dice:
Artículo 6. [Juzgados de lo Social]
Los Juzgados de lo Social conocerán en única instancia de todos los procesos atribuidos al orden
jurisdiccional social, salvo lo dispuesto en los artículos 7 y 8 de esta Ley y en la Ley Concursal.

Yo lo entiendo así: Si el ámbito de aplicación del convenio es el de la circunscripción del J.Social, competencia de éste. Si es superior a éste pero no superior a una Comunidad Autónoma, competente el TSJ.

Espero haberte ayudado ;-)
sólo fracasas si dejas de intentarlo

vareti

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Re: DUDAS TEMA 23 LABORAL
« Respuesta #5 en: 18 Junio, 2009, 22:50:47 pm »
Muchas gracias por tu ayuda. Yo nunca me habria ido a la ley de procedimiento laboral para responder a esto, pues para los asuntos de competencias de cada Juzgado siempre tomo como base la LOPJ. Pero por lo visto hay q echar un vistazo a las leyes de los distintos procedimientos para profundizar mas... A ver si podemos con todo, porq a estas alturas ya empieza a sonar todo a lo mismo .. ;( Muchas gracias y mucho ánimo!!

betsheba

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Re: DUDAS TEMA 23 LABORAL
« Respuesta #6 en: 02 Octubre, 2009, 06:28:33 am »
Tengo una duda, si alguien pudiera indicarme donde puedo encontrar la informacion sin ningun tipo de dudas se lo agradeceria.
En el convenio colectivo de mi empresa, en el apartado de "Licencias retribuidas" pone que podremos ausentarnos del trabajo: Las horas precisas para asegurar la concurrencia a examenes finales de los trabajadores, cuando estos cursen estudios de caracter oficial o academico. En tales casos, deberan aportar la justificacion  administrativa que avale su solicitud.
Mi pregunta es: los examenes para opositar entran dentro de esta categoria? Porque yo trabajo de lunes a sabado, y si el examen cayera en domingo perfecto, pero como caiga en sabado, a ver que hago......

numaga

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Re: DUDAS TEMA 23 LABORAL
« Respuesta #7 en: 02 Octubre, 2009, 09:09:51 am »
Hola soy numaga. En contestación a tu pregunta te diré que la licencia a la que hace referencia el convenio colectivo al que está acogido tu empresa se refiere  estudio reglados o no reglados, es decir, estudios para la adquisición de conocimientos ya sean los del ministero de educación, o los que puedas realizar en alguna academia o centro; y los exámenes de oposición son para la obtención de un puesto de trabajo, a si pués, lamento decirte que esa licencia no te vale.  Además, yo en tu lugar sería muy prudente a la hora de que en tu empresa se enteren que quieres participar en una oposición, ya que existen empresas que no le gusta que sus trabajadores, estén buscando otros trabajos, ya que podría suponerle sufrir un abandono con las consiguientes molestias para ellos.
Por otro lado, tranquila que los examenes siempre son en domingo, aún con todo, puedes mirar tu convenio por si teneis algunos días de asuntos propios, otra opción sería que si con tu jefe inmediato existe un buen ambiente, le pidas el día de permiso, pero sin ser demasiado explicita por tu parte. Espero que tengas suerte.

crisyiyo

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Re: DUDAS TEMA 23 LABORAL
« Respuesta #8 en: 09 Octubre, 2009, 10:21:13 am »
Hola,

Me pasa con ésto igual que con lor recursos, los temarios se centran en las ejecuciones civiles y penales y la contenciosa y laboral me las he mirado por encima, he ido a la ley y a estas alturas estudiarme eso en profundidad...me muero!!como habeís hecho?creeís que se pueden cebar con esto??? es que el test al ser sólo 20 preguntas me preocupa mucho, porque te ponen un supuesto de recursos laboral y ejecución y me quedo mirando!!!
Gracias

Desconectado aransay

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Re: DUDAS TEMA 23 - LABORAL
« Respuesta #9 en: 19 Junio, 2010, 11:30:08 am »
Yo tengo una duda del tema de laboral. ¿Entra el Estatuto de los trabajadores para tramitación? es que no se si hay que estudiarlo entero o solo algunos artículos más importantes, vosotros lo vais a estudiar?

rodrisla

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Re: DUDAS TEMA 23 - LABORAL
« Respuesta #10 en: 19 Junio, 2010, 17:19:58 pm »
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Yo tengo una duda del tema de laboral. ¿Entra el Estatuto de los trabajadores para tramitación? es que no se si hay que estudiarlo entero o solo algunos artículos más importantes, vosotros lo vais a estudiar?

el estatuto de los trabajadores no entra, te entra la Ley de Procedimiento Laboral, de todos no estaría mal que los artículos de la LPL que se refiera al Estatuto de los trabajadores, te lo mirarás por si las moscas pero vamos que en principio no entra.

rodrisla

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Re: DUDAS TEMA 23 LABORAL
« Respuesta #11 en: 19 Junio, 2010, 17:23:21 pm »
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A ver, mi duda es la siguiente: La competencia para conocer de los procesos sobre impugnación de convenios colectivos corresponde a la sala de lo social de la Audiencia Nacional, siempre que el ámbito territorial de aplicación sea superior al territorio de una Comunidad Autónoma (Art. 67.1 LOPJ). Pero,y si el ámbito de aplicación es inferior a una Comunidad Autónoma, quién conoce?? yo habría jurado que conocia la sala de lo social del TSJ correspondiente, pero el 75 LOPJ que es el que regula las competencias de la sala de lo social del TSJ no dice nada a este respecto. He leido por ahi en algún test que conoce el Juzgado de lo Social, pero la ley no me lo deja claro, pues el art. 93 que es el que regula las competencias de los juzgados de lo social, dice que éstos conocerán "en primera o única instancia, de los procesos sobre materias propias de este orden jurisdiccional que no estén atribuidos a otros órganos del mismo".
Espero q alguien me pueda echar un cable. Muchas gracias y mucho ánimo a todos!

si es tal como te comenta maffi, de hecho suele ser muy frecuente demandas de ese tipo en los Juzgados de lo Social, por tanto superior a una Comunidad Autónoma sería la Audiencia Nacional, inferior el Juzgado de lo Social.

Desconectado aransay

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Re: DUDAS TEMA 23 - LABORAL
« Respuesta #12 en: 19 Junio, 2010, 18:12:18 pm »
Ok, gracias rodrisla.

bugui

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Re: DUDAS TEMA 23 - LABORAL
« Respuesta #13 en: 15 Octubre, 2010, 11:43:02 am »
Hola!!!

Alguien me puede ayudar en la interpretación de un artículo????

art. 65- La presentación de la solicitud de conciliación suspenderá los plazos de caducidad e interrumpirá los de prescripción.

Entenderlo lo entiendo, lo que pasa que me ayudaría bastante un ejemplo para terminar de asimilarlo........ gracias!!!!

ebermejo

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Re: DUDAS TEMA 23 - LABORAL
« Respuesta #14 en: 15 Octubre, 2010, 11:54:07 am »
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Hola!!!

Alguien me puede ayudar en la interpretación de un artículo????

art. 65- La presentación de la solicitud de conciliación suspenderá los plazos de caducidad e interrumpirá los de prescripción.

Entenderlo lo entiendo, lo que pasa que me ayudaría bastante un ejemplo para terminar de asimilarlo........ gracias!!!!


A ver, me despiden hoy (tengo 20 días para interponer demanda), presento la papeleta de conciliación dentro de 15 días, desde que la he presentado hasta que se celebra conciliación se frena el plazo inicial, me citan a conciliación el 15 de Noviembre, voy y no conciliamos y a partir de ahí tengo 5 días hasta completar los 20 para interponer la demanda en el juzgado de lo social correspondiente. Espero haberte ayudado.

Saludos