Yo en Cataluña no me haría muchas ilusiones en cuanto a que llamen a trabajar como interinos. El Departament de Jusiticia no tiene un duro y está amortizando plazas de interino y echando a gentes en distintos puestos. Las bajas laborales no las está cubriendo para nada en justicia. Se de juzgados en Vilanova i la Geltrú que hay juzgados sin auxiliares judiciales, y que están haciendo que haya auxiliares que tienen que atender a tres juzgados. Hoy por la mañana, estuve hablando con una secretaria judicial de un juzgado de lo civil de Barcelona que me contaba llevaba una semana sin auxilio judicial, y que tenia que ir ella a los juicios en vez del auxilio. Que tb. se empezaba a encontrar con el problema de que las citaciones y las notificaciones no salian, y como no mandaran a alguien pronto su juzgado llegaria al total bloqueo pronto al no poder desarrollar juicios. Lleva más de una semana que manden un sustituto por activa y por pasiva y lo unico que le dicen es que no van a mandar a nadie y se busque la vida como pueda. Esta es la situacion actual y que no tiene mucha pinta de cambiar. Por una parte no hay dinero, y por otra parte no se pone gente. Esto es una bomba de relojeria a punto de explotar. No quiero desanimar a nadie, solo expongo la realidad actual de la bolsa de interinos de cataluña, lo que no quiere decir que en un futuro pueda mejorar, aunque en mi opinión, la situación la veo muy cruda para la bolsa de interinos. Dejo el decreto del departamento de economia que ordena la no contratacion de interinos salvo para educacion y sanidad. Dejo el enlace y el art. al que hago referencia.
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IngresaArticle 9
Mesures especíiques en matèria de despeses de personal
A partir de l’1 de gener de 2011 i durant el període de pròrroga pressupostària:
a) No es podran reposar els efectius de personal que hagin causat baixa per jubilació,
defunció o qualsevol altra forma d’extinció definitiva de la relació laboral,
llevat del personal docent del departament competent en matèria d’educació i del
personal sanitari de l’Institut Català de la Salut, en què es manté l’actual taxa de
reposició del 50%.
b) No es podrà nomenar nou personal interí ni contractar personal laboral per
cobrir places vacants o llocs de reforç, llevat dels casos permesos per les taxes de
reposició previstes en l’apartat a).
c) Queden exclosos de les limitacions establertes als apartats anteriors els llocs
de personal alt càrrec i eventual i els llocs de programes finançats amb recursos
externs afectats.
d) El Govern, a proposta del departament afectat i amb l’informe favorable del
Departament de Governació i Relacions Institucionals i del Departament d’Economia
i Coneixement, pot modificar les limitacions establertes als apartats anteriors.