Autor Tema: DUDAS TEMAS 7 y 8 - ORGANIZACIÓN y COMPETENCIA  (Leído 21227 veces)

Desconectado maysusa

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DUDAS TEMAS 7 y 8 - ORGANIZACIÓN y COMPETENCIA
« en: 27 Noviembre, 2008, 12:49:11 pm »
¿Alguien podría decirme en qué artículo de la LOPJ viene la sala especial de revisión del Tribunal Supreno?

Gracias, saludos.
« última modificación: 27 Octubre, 2009, 09:57:16 am por justiciaoposicion »

intentado

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Re: DUDAS TEMAS 7 y 8 - ORGANIZACIÓN y COMPETENCIA
« Respuesta #1 en: 27 Noviembre, 2008, 21:25:29 pm »
Hola Maysusa.
mas facil.. imposible... ES conocida vulgarmente como "la sala del 61"... si, art. 61 LOPJ.
Un saludo.

Pau474

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Re: DUDAS TEMAS 7 y 8 - ORGANIZACIÓN y COMPETENCIA
« Respuesta #2 en: 28 Noviembre, 2008, 18:31:12 pm »
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Hola Maysusa.
mas facil.. imposible... ES conocida vulgarmente como "la sala del 61"... si, art. 61 LOPJ.
Un saludo.

jejeje.... facil .... mmm... pos vale. :P

estudiaqueestudia

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Re: DUDAS TEMAS 7 y 8 - ORGANIZACIÓN y COMPETENCIA
« Respuesta #3 en: 10 Febrero, 2009, 20:19:29 pm »
Quería hacer una pregunta q igual os parece un poco tonta, pero el caso es que tengo el libro de Adams y cuando enumera las competencias de la Sala de lo Penal de la AN dice tb que conocerá "de los delitos cometidos por personas integradas en bandas armadas o relacionadas con elementos terroristas o rebeldes cuando la comisión del delito contribuya a su actividad y por quienes de cualquier modo cooperen o colaboren con la actuación de aquellos grupos o individuos".  Yo siempre he sabido q de estos conoce la AN (estamos cansados de verlo en periódicos, tele,...), pero el caso es q las competencias de esta sala vienen en el art. 65 LOPJ y no enumera lo del terrorismo.  No sé si stoy un poco espesita pero me gustaría q me dijérais dónde se recoge esta competencia.
Muchas gracias.

opositor1millon

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Re: DUDAS TEMAS 7 y 8 - ORGANIZACIÓN y COMPETENCIA
« Respuesta #4 en: 17 Febrero, 2009, 15:57:10 pm »
Aun a riesgo de equivocarme...
Segun lo que establece la DT de la LO 4/1988 de reforma de la LECRim. los JCI y la AN continuaran conociendo de la instruccion y enjuiciamiento de las causas por delitos cometidos por personas integradas en bandas armadas...blabla ..terroristas etc.
El 65 no lo incluye expresamente pero establece una clausula generica, la sexta.
Un saludo

crisar

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Re: DUDAS TEMAS 7 y 8 - ORGANIZACIÓN y COMPETENCIA
« Respuesta #5 en: 18 Marzo, 2009, 19:01:35 pm »
Haver si alguien me puede aclarar la siguiente duda: Partiendo de la base, que de los incidentes de recusación del Presidente del Tribunal Supremo, o de los Presidentes de Sala, o de más de dos Magistrados de una Sala, conoce la Sala Especial (Art.61-L.O.P.J.). Mi duda es:
Quién es competente para conocer de las recusaciones que se interpongan contra uno o dos magistrados de las Salas de Justicia, con excepción del Presidente de estas? y la misma duda con la Audiencia Nacional. Gracias por vuestra ayuda y suerte a tod@s.


llelles

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Re: DUDAS TEMAS 7 y 8 - ORGANIZACIÓN y COMPETENCIA
« Respuesta #6 en: 18 Marzo, 2009, 19:13:31 pm »
La misma sala a la que pertenezca.
Art. 60 lopj

crisar

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Re: DUDAS TEMAS 7 y 8 - ORGANIZACIÓN y COMPETENCIA
« Respuesta #7 en: 18 Marzo, 2009, 19:18:42 pm »
Pero bueno que rapidez. Dios mio, dios mio.... jejejeje....... gracias llelles, plas plas para ti

Desconectado ositapeluche

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Re: DUDAS TEMAS 7 y 8 - ORGANIZACIÓN y COMPETENCIA
« Respuesta #8 en: 14 Junio, 2009, 00:58:01 am »
Tengo una laguna con las salas sé que existen más salas pero no logro recordar los articulos en las que salen.
Ejemplo  de pregunta:

Las Salas de lo contencioso-administrativo y de lo social del tribunal superior de justicia de Castilla y León tiene su sede en:

pone como respuesta correcta Valladolid y Burgos.

Yo no hubiera puesto esa respuesta.  Bueno haber si alguien sabe donde se regulan las puñeteras salas que ya tengo mucho sueño.

Muchas gracias de antemano.

tranki

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Re: DUDAS TEMAS 7 y 8 - ORGANIZACIÓN y COMPETENCIA
« Respuesta #9 en: 14 Junio, 2009, 07:54:07 am »
Mira el art. 78 de la LOPJ y en este enlace de la Ley de demarcacion y planta, en el art. 2 y  el anexo IV

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Desconectado ositapeluche

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Re: DUDAS TEMAS 7 y 8 - ORGANIZACIÓN y COMPETENCIA
« Respuesta #10 en: 14 Junio, 2009, 08:40:48 am »
Muchas gracias por tu respuesta yo la verdad si me hubiera salido esa pregunta hubiera puesto Valladolid y ya  está por lo de Castilla la mancha pero me hubiera comido lo de Castilla y León vamos que metedura de pata hasta el fondo. Curiosamente, se me habían quedado los nombres de las provincias pero aún así hubiera fallado. Creo que hay que tener mucho cuidado al contestar.

Un saludo y espero que tengas suerte.

anitapsico

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magistrados del TS
« Respuesta #11 en: 18 Noviembre, 2009, 10:00:35 am »
ola; llevo unos dias loca buscando una respuesta de un test que no consigo localizar en ningun art del LOPJ, y keria saber si alguien me podria ayudar...

la pregunta era que consideracion tienen los presidentes de sala de la audiencia nacional??? y como respuesta la de magistrados del tribunal supremo...pero yo lo unico k encuentro en la laey es el art 72 que habla de q los presidentes de TSJ tendran calidad de magistrados del supremo, pero nada en relacion a la AN....

graciassss

Desconectado lost316

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Re: magistrados del TS
« Respuesta #12 en: 18 Noviembre, 2009, 14:33:47 pm »
 Te refieres a esto?
 
ARTICULO 324LOPJ
EL PRESIDENTE Y LOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPREMO, EL PRESIDENTE DE LA AUDIENCIA NACIONAL Y LOS DE LOS TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA TIENEN EL TRATAMIENTO DE EXCELENCIA. LOS PRESIDENTES DE LAS AUDIENCIAS PROVINCIALES Y DEMAS MAGISTRADOS, DE SEÑORIA ILUSTRISIMA. LOS JUECES, EL DE SEÑORIA.

 tambien he encontrado lo que adjunto, espero que sea lo que buscabas.

saludos


[archivo adjunto borrado por el administrador]

JavierCatalan

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Re: DUDAS TEMAS 7 y 8 - ORGANIZACIÓN y COMPETENCIA
« Respuesta #13 en: 15 Abril, 2010, 17:58:02 pm »
  Tengo una duda respecto de la competencia de los Juzgados Centrales de Instrucción y el artículo 89.3 bis, el cual establece que corresponde a los Juzgados Centrales de lo Penal la ejecución de las sentencias dictadas en causas por delito por los Juzgados Centrales de Instrucción.

  La duda es ¿qué causas conoce el Juzgado Central de Instrucción? Según tengo entendido, éste únicamente instruye, y no enjucia.

  Muchas gracias.

Fani

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Re: DUDAS TEMAS 7 y 8 - ORGANIZACIÓN y COMPETENCIA
« Respuesta #14 en: 18 Abril, 2010, 00:29:29 am »
Hola centinela, a ver si me sé explicar bien:

Los Juzgados de Instrucción sólo intruyen no ejecutan las sentencias...

Antiguamente los Juzgados de intrucción y centrales de intrucción intruian las causas por delito y también las enjuiciaban,(no te voy a poner fechas para no liarte)  pero por un recurso de inconstitucionalidad se creo el P.A.L.O (Procedimiento Abreviado de la ley orgánica) para que la ejecución de la sentencia fuera totalmente imparcial ya que en el recurso de inconstitucionalidad que te comentaba al instruir y ejecutar la sentencia se contaminaba dicho enjuiciamiento. Entonces.... Los Juzgados de Intrucción intruyen las causas por delito, si el delito es hasta 5 años el enjuiciamiento le corresponde a los Juzgados Centrales de lo Penal pero si el delito es de 5 a 9 años el enjuiciamiento le corresponde a la Sala de lo penal de la Audiencia Nacional. Y si el delito es de + de 10 años el Juzgado central de Instrucción correspondiente lo instruye y directamente se lo pasa a la sala de lo penal de la Audiencia Nacional mediante (Sumario Ordinario).

Espero haberme explicado bien...  ;)