Autor Tema: "Preguntas capciosas" en los test  (Leído 15348 veces)

Desconectado yomismo2015

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Re: "Preguntas capciosas" en los test
« Respuesta #30 en: 12 Agosto, 2010, 01:04:15 am »
Pero no seamos tan puntillosos,también pueden poner un sinónimo y no por ello se falta a la literalidad.

Tenemos que ver que en el conjunto de la pregunta la más cercana es la B.Hay que saber interpretar la pregunta,pero lo que desde luego se sabe es que el enunciado se corresponde mucho más con la B.

Posiblemente pueda entrar dentro de lo impugnable,porque no se refieren a la LOPJ ni la literalidad es exactísima,pero desde luego la opción B es mucho más cercana,por tanto A es descartable en esta pregunta.

El año pasado al parecer hubo un problema con una pregunta del Registro Civil donde la competencia de cierta circunstancia era distinta en un artículo de la LRC y el Reglamento del Registro Civil.Se llegó a anular a pesar del valor superior de la Ley al reglamento que es en lo que se basó el Tribunal para la contestación previa.

Por ello interpreto como más correcta la B,porque no se puede argumentar que la LEC tiene más valor que la LOPJ cuando la literalidad de la ley se acerca más a la respuesta que está bajo la opción B.

Y por cierto,¿la LEC es una ley procesal,no?.


Un saludo.
« última modificación: 12 Agosto, 2010, 01:05:35 am por yomismo2009 »

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Re: "Preguntas capciosas" en los test
« Respuesta #31 en: 12 Agosto, 2010, 01:26:02 am »
A ver Yomismo...

Preguntas tan complejas (y capciosas) como la que has formulado, no tienen cabida en este foro...  :D :D 

Pero bueno, ya que lo preguntas, te contestaré...: No, la LEC NO es una norma procesal... jajaja  :D :D   (como es natural, es una broma... jajaja...)

Estoy completamente de acuerdo contigo en todo lo que has dicho Yomismo...  ;)

Un saludo...   

opositando a justicia

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Re: "Preguntas capciosas" en los test
« Respuesta #32 en: 12 Agosto, 2010, 10:15:56 am »
Menos cachondeito.

Insisto, yomismo:

La publicidad de los edictos se entenderá cumplida mediante su inserción en:
     a) el tablón de anuncios del juzgado
     b) los Boletines Oficiales que en cada caso proceda según la LEC
     c) dos periódicos de mayor circulación en la población correspondiente al partido judicial en que se ha citado el edicto
     d) el tablón de anuncios del juzgado decano correspondiente

Puestos a la literalidad de la ley, la B) tampoco se ajustaría. El enunciado no habla de proceso civil.

-ART. 512 LECRIM:
Si el presunto reo no fuere habido en su domicilio y se ignorase su paradero, el Juez acordará que sea buscado por requisitorias que se enviarán a los Jueces de Instrucción en cuyo territorio hubiese motivo para sospechar que aquél se halle, expidiéndose por el Secretario judicial los oficios oportunos; y en todo caso se publicarán aquéllas en el Boletín Oficial del Estado y el diario oficial de la Comunidad Autónoma respectiva, fijándose también copias autorizadas, en forma de edicto, en la Oficina del Juzgado o Tribunal que conociere de la causa y en la de los Jueces de instrucción a quienes se hubiese requerido

-ART. 516 LECRIM: en idéntico sentido

-Artículo 643 LECRIM:
Cuando en el caso a que se refiere el artículo anterior fuere desconocido el paradero de los interesados en el ejercicio de la acción penal, se les llamará por edictos que se publicarán a las puertas del Tribunal mismo, en los periódicos de la localidad o en los de la capital de la provincia, y podrán publicarse también en la Gaceta de Madrid.

Como veis, aquí teneis un ejemplo en la LECRIM donde se habla de publicar edictos a las puertas del Tribunal mismo (et altri).

La pregunta de Adams está errónea.



« última modificación: 12 Agosto, 2010, 10:21:18 am por opositando a justicia »

Desconectado yomismo2015

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Re: "Preguntas capciosas" en los test
« Respuesta #33 en: 12 Agosto, 2010, 15:03:18 pm »
Ya te comenté que cada uno puede argumentar una pequeña complejidad en la pregunta,pero lo que es totalmente cierto es que la opción A no es cierta y que si se diera alguna como correcta es la opción B.

Y te diré más...Te tienes que fijar en la literalidad de la ley cuando se refiere a la publicidad de los edictos y no a la comunicación edictal especificada en la LEC.Por otra parte habla de la publicidad de los edictos de modo "general" y sin aludir al artículo 164 de la LEC.Se refiere a los "boletines oficiales" de modo general y habla de que será así en cada CASO QUE PROCEDA en la LEC (que es una ley procesal) sin pronunciarse a ningún caso concreto y dándole esa responsabilidad al texto donde se exponga en dicha ley procesal.Dice en cada caso que proceda y en ningún momento radicaliza la cuestión y da totalmente libertad al texto que pudiera decir lo contrario.

Te demuestro y expongo la corrección de la opción B con el siguiente artículo de la LEC que dice:

Artículo 497. Régimen de notificaciones.

1. La resolución que declare la rebeldía se notificará al demandado por correo, si su domicilio fuere conocido y, si no lo fuere, mediante edictos. Hecha esta notificación, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso.

2.  La sentencia o resolución que ponga fin al proceso se notificará al demandado personalmente, en la forma prevista en el artículo 161 de esta Ley. Pero si el demandado se hallare en paradero desconocido, la notificación se hará publicando un extracto de la misma por medio de edicto, que se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma o en el Boletín Oficial del Estado.[/
i]

Por tanto hay casos en los que la LEC especifica cuando se realizará en los boletines correspondientes,no concretando la LOPJ los casos específicos de las leyes procesales.

Y además debes tener en cuenta que en la opción A no hace referencia a la copia de la resolución que sería lo realmente correcto.Lo realmente importante no es que se inserte en el tablón de la oficina judicial (que por cierto ya no sería juzgado y concreta la oficina judicial)sino que se inserta en uno de los boletines oficiales...

Un saludo.
« última modificación: 12 Agosto, 2010, 15:07:05 pm por yomismo2009 »

opositando a justicia

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Re: "Preguntas capciosas" en los test
« Respuesta #34 en: 12 Agosto, 2010, 15:15:30 pm »
Me asombras YOMISMO

No parece que hayas leído el artículo indicado de la LECRIM:
Artículo 643 LECRIM:
Cuando en el caso a que se refiere el artículo anterior fuere desconocido el paradero de los interesados en el ejercicio de la acción penal, se les llamará por edictos que se publicarán a las puertas del Tribunal mismo, en los periódicos de la localidad o en los de la capital de la provincia, y podrán publicarse también en la Gaceta de Madrid.

Como veis, aquí teneis un ejemplo en la LECRIM donde se habla de publicar edictos a las puertas del Tribunal mismo (et altri).


-Me reitero:

El enunciado de la pregunta de Adams no dice que sea un proceso civil. Y para muestra un botón. En el proceso penal se dice que los edictos de publicarán a las puertas del Tribunal mismo (o sea, tablón de anuncios de la Oficina Judicial).

Luego la B) no podría ser correcta, pues la B) habla de "LEC" y el enunciado de la pregunta no dice que sea un proceso civil. Lo que dice la LECRIM en su artículo 643 es distinto por completo a lo que se está diciendo en la opción B), por lo que no podríamos tomar a la B) como correcta, pues ya hay una excepción a su afirmación: la del artículo 643.

El art 613 LECRIM SÍ HABLA DE PUBLICIDAD DE LOS EDICTOS, no se está refiriendo a "comunicación edictal".  Dice "los edictos se publicarán...".
« última modificación: 12 Agosto, 2010, 15:24:00 pm por opositando a justicia »

Desconectado yomismo2015

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Re: "Preguntas capciosas" en los test
« Respuesta #35 en: 12 Agosto, 2010, 15:43:14 pm »
Opositando quien me asombras sobremanera eres tú.¿Quién está hablando de la LECRIM?.

La opción B habla en CADA CASO QUE PROCEDA,no dice que siempre.Además la opción B se está refiriendo a la LEC y no a la LECRIM.Por tanto lo que tú estás discutiendo es la corrección del artículo de la LOPJ,no la corrección de la pregunta.

Parece que te quedó claro que la opción A no puede ser y empezaste a argumentar que la B no podía ser porque hacía referencia a la LEC en concreto y no a las leyes procesales en general.Y yo te dije que esa apreciación es insignificante y te he demostrado que la LEC en algunos CASOS QUE PROCEDEN se realiza mediante boletines oficiales esa publicidad de los edictos.

Y ahora me saltas con la LECRIM...Pero si yo no discuto que lo que digas sea cierto,sólo te digo que lo que pones no aclara nada nuestra duda inicial.

Y vuelvo a recordarte que dice en cada CASO QUE PROCEDA en la opción B,dándole total libertad a lo que pueda poner en otros artículos de la LEC u otra ley procesal.La opción B no dice que en la LEC no pueda aparecer que se ponga la copia de la resolución en el tablón de la oficina judicial,comenta que la publicidad de los edictos se realizará en los correspondientes boletines oficiales cuando PROCEDA (repito hasta la saciedad).

No hace falta que te dijera en el enunciado que fuera en el proceso civil porque se está refiriendo a la literalidad de una ley de la LOPJ,por tanto poner que se trata en un proceso civil sería confundirte aún más.


Un saludo.
« última modificación: 12 Agosto, 2010, 16:36:32 pm por yomismo2009 »

opositando a justicia

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Re: "Preguntas capciosas" en los test
« Respuesta #36 en: 12 Agosto, 2010, 16:08:09 pm »
Y dale!

Vamos a ver:

-Los edictos SIEMPRE se publican en los tablones de la Oficina Judicial. (opción A))

-Los edictos NO SIEMPRE se publican en Boletines Oficiales.

-Lo tercero: No es cierto la B) en cuanto está refiriéndose a una única ley procesal (La LEC), cuando la LECRIM habla de que los edictos se publican en tablones de la Oficina Judicial (opción A)).

Y como te gusta la LEC, te pongo un ejemplo de publicidad de edictos:
Artículo 645. Publicidad.

1. A toda subasta se dará publicidad por medio de edictos, que se fijarán en el sitio destacado, público y visible en la sede de la Oficina judicial y lugares públicos de costumbre.

Además, a instancia del ejecutante o del ejecutado y si el Secretario judicial responsable de la ejecución lo juzga conveniente, se dará a la subasta la publicidad que resulte razonable, utilizando los medios públicos y privados que sean más adecuados a la naturaleza y valor de los bienes que se pretende realizar.


Insisto: los edictos siempre se publican en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial. La publicación de edictos en Boletines Oficiales y en prensa no se realiza siempre.

Desconectado Al Travis

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Re: "Preguntas capciosas" en los test
« Respuesta #37 en: 12 Agosto, 2010, 16:10:31 pm »
Pero la Lec es una ley procesal, seria lo mismo.
Tiene razon yomismo, la respuesta q dan correcta es la b.
Pero si pusiera comunicacion edictal, seria el tablon de anuncios.
Gracias, de todo de aprende. Pero me resulto muy soberbia la respuesta, pero yo hubiese dixo lo mismo. Paz y amor hermano jaja
Tengo Dobleteeeeee!

Desconectado Al Travis

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Re: "Preguntas capciosas" en los test
« Respuesta #38 en: 12 Agosto, 2010, 16:14:23 pm »
No soporto la soberbia tuya opositando a justicia, q creas q la tuya es la correcta no kiere decir q sea la correcta, tu contesta la q kieras y punto
Tengo Dobleteeeeee!

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Re: "Preguntas capciosas" en los test
« Respuesta #39 en: 12 Agosto, 2010, 16:23:54 pm »
Pero si es que todo lo que escribes no contradice que la opción B sea cierta.

Vamos a ver,seamos prácticos.En el caso que pusieran esa pregunta te aseguro que el Tribunal siguiendo su discurrir regular daría como cierta la opción B.Y no sería la primera vez que cambian el concepto de leyes procesales en general por una en concreto (en este caso la LEC).

¿Según la literalidad del artículo 236 de la LOPJ no sería correcto decir que la publicidad de los edictos se insertarán en los boletines oficiales en cada caso que proceda en la LEC?

¿Según la literalidad del artículo 236 de la LOPJ no sería correcto decir que la publicidad de los edictos se insertarán en los boletines oficiales en cada caso que proceda en la LECRIM?

¿El artículo 236 de la LOPJ niega que haya casos que se realice la comunicación edictal en el tablón de la Oficina Judicial?

Pero si puedes estar toda la vida poniéndome textos infinitos donde se deje claro que la comunicación edictal se realiza mediante la copia de la resolución en el tablón de la Oficina Judicial.Pero no estamos discutiendo eso,porque se pregunta sobre la publicidad de los edictos...

Y la explicación de que la LOPJ haga referencia a los boletines oficiales es porque cada vez se intenta evolucionar sobre la idea de la Oficina Judicial y por ello especifica "en cada caso que proceda" para no tener que cambiar la lec y la Lecrim en gran medida e ir realizando la transición paulatinamente.

Un saludo.

« última modificación: 12 Agosto, 2010, 16:59:16 pm por yomismo2009 »

cege1

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Re: "Preguntas capciosas" en los test
« Respuesta #40 en: 12 Agosto, 2010, 16:33:13 pm »
Yomismo, totalmente de acuerdo, y perfectamente expuesto, tanto en el fondo como en las formas.

Un aplauso para ti.


opositando a justicia

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Re: "Preguntas capciosas" en los test
« Respuesta #41 en: 12 Agosto, 2010, 16:34:47 pm »
No puedes ver este link. Registrate o Ingresa
No soporto la soberbia tuya opositando a justicia, q creas q la tuya es la correcta no kiere decir q sea la correcta, tu contesta la q kieras y punto

Mira, chico, te estoy exponiendo los argumentos que me ha dado mi profe, con muchooooooossss años de funcionario a sus espaldas.
Cuando un edicto se publica, lo hace siempre en el tablón de anuncios de la oficina judicial.

No siempre se publican los edictos en los Boletines Oficiales.

Breve y conciso.

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Re: "Preguntas capciosas" en los test
« Respuesta #42 en: 12 Agosto, 2010, 16:44:21 pm »
Y nadie te está negando que tanto lo que dice tu profesor como lo que tú reproduces sea incierto.Pero eso no es una prueba evidente para demostrar que se cambia el signo de la pregunta que realiza Adams.

Sino prueba a exponerle esa pregunta en concreto con sus correspondientes opciones a tu profesor si creyeras conveniente,posiblemente pudiera darte otra versión más allá del horizonte que divisas.

Nadie ha dicho que se se publiquen en todo caso en los boletines oficiales,sino en CADA CASO QUE PROCEDA.Y no lo digo yo,lo dice el artículo 236 de la LOPJ.

Un saludo

opositando a justicia

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Re: "Preguntas capciosas" en los test
« Respuesta #43 en: 12 Agosto, 2010, 17:21:26 pm »
YOMISMO

Créeme si te digo que esta mañana, por la cuenta que me trae, he expuesto esta pregunta a mi profe. Me la imprimí y se la enseñé.

Me dice que la B) sólo se podría marcar si el enunciado de la pregunta añadiera la expresión "a tenor de lo dicho en la LOPJ", o "tal y como dice la LOPJ".

Pero si el enunciado de la pregunta no dice expresamente "LOPJ", la respuesta B) es incierta, porque existen otras leyes procesales, como la LECRIM, que hablan de publicar en tablón de anuncios de la Oficina Judicial.
Y por redundancia, la propia LEC reconoce que cuando se opta por publicar un edicto, se hará tal publicación en tablón de anuncios de la Oficina Judicial, y no siempre se hará en los Boletines Oficiales o diarios correspondientes (ejemplo: subastas judiciales, etc.). Por lo que la opción A) al hablar de tablón de anuncios de la Oficina Judicial es una afirmación cierta sin excepciones.

Un saludo, ;)

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Re: "Preguntas capciosas" en los test
« Respuesta #44 en: 12 Agosto, 2010, 17:39:03 pm »
Posiblemente debería especificar que la oración literal proviene de la LOPJ aunque no haga falta,pero en la opción B al ponerte el término en caso que proceda de alguna forma se está aclarando tu duda de que sea siempre así.Ya que en la respuesta no dice bajo ningún concepto que ello suceda siempre.

Humildemente te digo que tu profesor creo que te dio esa respuesta porque no se sabe de memoria ni de forma literal los artículos y contesta bajo el criterio de la experiencia y ello puede conllevar a error en ocasiones.Le ocurre a muchísimos buenos profesores.

Un saludo.