Autor Tema: ¿ Empezamos de cero?  (Leído 371999 veces)

Desconectado pehilova

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #315 en: 22 Octubre, 2014, 20:34:44 pm »
gracias a isagl 203, san 78, y sarscoob, vamos a ver las preguntas:
33. La ejecución provisional podrá pedirse en cualquier momento desde la notificación de la resolución en que se tenga por interpuesto el:
a) recurso de apelación, o en su caso, desde el traslado a la parte apelante del escrito del apelado adhiriéndose al recurso, y siempre antes de que no haya recaído sentencia en éste.
b) recurso de suplicación, o en su caso, desde el traslado a la parte apelante del escrito del suplicado adhiriéndose al recurso, y siempre antes de que haya recaído sentencia en éste.
c) recurso de apelación, o en su caso, desde el traslado a la parte apelante del escrito del apelado  sin adherirse al recurso, y siempre antes de que haya recaído sentencia en éste.
d) recurso de apelación, o en su caso, desde el traslado a la parte apelante del escrito del apelado adhiriéndose al recurso, y siempre antes de que haya recaído sentencia en éste.
34. Cuando se solicite la ejecución provisional después de haberse remitido los autos al Tribunal competente para resolver la apelación, el solicitante:
a) deberá obtener previamente de éste testimonio de lo que no sea necesario para la ejecución y no acompañar dicho testimonio a la solicitud
b) podrá obtener previamente de éste testimonio de lo que sea necesario para la ejecución y acompañar dicho testimonio a la solicitud
c) deberá obtener previamente de éste testimonio de lo que sea necesario para la ejecución y  acompañar dicho testimonio a la solicitud
d) podrá  obtener posteriormente de éste testimonio de lo que sea necesario para la ejecución y acompañar dicho testimonio a la solicitud
35. Si la ejecución provisional se hubiere solicitado antes de la remisión de los autos, quien expedirá el testimonio antes de hacer la remisión:
a) el Tribunal
b) el Secretario Judicial
c) el Tribunal o el Secretario Judicial
d) el Gestor Procesal
36. Solicitada la ejecución provisional, el tribunal la despachará salvo:
a) que se tratare de sentencia comprendida en el artículo 525 o que no contuviere pronunciamiento de condena en favor del solicitante.
b) que se tratare de sentencia comprendida en el artículo 526 o que no contuviere pronunciamiento de condena en favor del solicitante.
c) que se tratare de sentencia comprendida en el artículo 525 o que  contuviere pronunciamiento de condena en favor del solicitante.
d) que se tratare de sentencia comprendida en el artículo 526 o que  contuviere pronunciamiento de condena en favor del solicitante.
37. Contra el auto que deniegue la ejecución provisional se dará recurso de:
a) apelación
b) suplicación
c) directo de revisión
d) no cabe ningún recurso
38. El recurso de la pregunta anterior, se:
a)  tramitará y resolverá con carácter extraordinario
b)  tramitará y resolverá con carácter urgente
c)  tramitará y resolverá con carácter subsidiario
d)  tramitará y resolverá con carácter preferente
39. Sobre el auto por el que se despache la ejecución provisional:
a) Ante el auto que la despache podrá interponerse recurso de apelación.
b) Ante el auto que la despache no se dará recurso algo, aunque el ejecutado podría formular oposición.
c) Ambas son correctas.
d) Ambas son incorrectas. La ejecución provisional se despachará por decreto del Secretario Judicial.
40. El ejecutado solo podrá oponerse a la ejecución provisional.
 a)   En cualquier momento
 b)   solo una vez que ésta haya sido despachada.
 c)   Cuando se le notifique
 d)   5 días siguientes a su notificación.
41. La oposición a la ejecución provisional podrá fundarse únicamente:
a) En todo caso, haberse despachado la ejecución provisional con infracción del artículo 523 de la LEC.
b)  Si la sentencia fuese de condena  dineraria, resultar imposible o de extrema dificultad, atendida la naturaleza de las actuaciones ejecutivas, restaurar la situación posterior a la ejecución provisional o compensar económicamente al ejecutado mediante el resarcimiento de los daños y perjuicios que se le causaren, si aquella sentencia fuese apelada
c) Si la sentencia fuese de condena dineraria, el ejecutado no podrá oponerse a la ejecución provisional, sino únicamente a actuaciones ejecutivas concretas del procedimiento de apremio, cuando entienda que dichas actuaciones causarán una situación absolutamente imposible de restaurar o de compensar económicamente mediante el resarcimiento de daños y perjuicios.
d) Todas son correctas
42. Al formular esta oposición a medidas ejecutivas concretas, el ejecutado habrá de indicar otras medidas o actuaciones ejecutivas que sean posibles y no provoquen situaciones similares a las que causaría, a su juicio, la actuación o medida a la que se opone, así como:
a)  ofrecer caución suficiente para responder de la demora en la ejecución, si las medidas alternativas no fuesen aceptadas por el secretario judicial  y el pronunciamiento de condena dineraria resultare posteriormente confirmado.
b) ofrecer caución suficiente para responder de la demora en la ejecución, si las medidas alternativas  fuesen aceptadas por el tribunal y el pronunciamiento de condena no dineraria resultare posteriormente confirmado.
c) ofrecer caución suficiente para responder de la demora en la ejecución, si las medidas alternativas  fuesen aceptadas por el secretario judicial y el pronunciamiento de condena dineraria resultare posteriormente confirmado.
d) ofrecer caución suficiente para responder de la demora en la ejecución, si las medidas alternativas no fuesen aceptadas por el tribunal y el pronunciamiento de condena dineraria resultare posteriormente confirmado.
43. Si el ejecutado no indicara medidas alternativas ni ofreciese prestar caución, no procederá:
a)  en todo caso la oposición a la ejecución y así se decretará de inmediato por el Secretario judicial
b) en ningún caso la oposición a la ejecución y así se decretará de inmediato por el Tribunal
c) en ningún caso la oposición a la ejecución y así se decretará de inmediato por el Secretario judicial
d)  en ningún caso la ejecución  a la oposición y así se decretará de inmediato por el Tribunal
44. Contra el decreto de la pregunta anterior:
a)   cabrá recurso directo de revisión que no producirá efectos suspensivos
b)   no cabra recurso alguno
c)   cabrá recurso directo de revisión que  producirá efectos suspensivos
d)   cabra recurso de apelación
45. además de las causas citadas en las preguntas anteriores, la oposición podrá estar fundada en:
a)  el pago o cumplimiento de lo ordenado en la sentencia, que habrá de justificarse literalmente
b) así como en la existencia de pactos o transacciones que se hubieran convenido y documentado en el proceso para evitar la ejecución
c) a y b son correctas
d) a y b son incorrectas
46. las causas de oposición de ejecución provisional se tramitarán conforme a lo dispuesto para:
a) la ejecución extraordinaria o definitiva
b) la ejecución ordinaria o no definitiva
c) la ejecución extraordinaria o  no definitiva.
d) la ejecución ordinaria o definitiva

47.   señala la correcta:
 a)   el escrito de oposición a la ejecución provisional habrá de presentarse al tribunal de la ejecución dentro del plazo de 10 días siguientes al de la notificación  de la resolución que acuerde e despacho de la ejecuto o las actuaciones concretas a que se oponga
 b)   el escrito de oposición a la ejecución provisional habrá de presentarse al tribunal de la ejecución dentro del plazo de 5 días siguientes al de la notificación  de la resolución que acuerde e despacho de la ejecuto o las actuaciones concretas a que se oponga
 c)   el escrito de oposición a la ejecución provisional habrá de presentarse al tribunal de la ejecución dentro del plazo de 3 días siguientes al de la notificación  de la resolución que acuerde e despacho de la ejecuto o las actuaciones concretas a que se oponga
d)   son todas falsas.
48. Del escrito de oposición a la ejecución y de los documentos que se acompañen se dará traslado al ejecutante y a quienes estuvieren personados en la ejecución provisional, para que:
a) manifiesten y acrediten, en el plazo de tres días, lo que consideren conveniente.
b) manifiesten y acrediten, en el plazo de cinco días, lo que consideren conveniente.
c) manifiesten y acrediten, en el plazo de diez días, lo que consideren conveniente.
d) manifiesten y acrediten, en el plazo de cuatro días, lo que consideren conveniente
respuestas san 78
33-d es correcta
34-c es correcta
35-b es correcta
36-a es correcta
37-a es correcta
38-d es correcta
39-b es correcta
40-b es correcta
41-c es correcta
42-d es correcta
43-c es correcta
44-a es correcta
45-b es correcta
46-d es correcta

47-b no se si esta mal redactada porque art 529.1
El escrito de oposición a la ejecución provisional habrá de presentarse al tribunal de la ejecución dentro de los cinco días siguientes al de la notificación de la resolución que acuerde el despacho de ejecución o las actuaciones concretas a que se oponga. y en la pregunta pone ejecuto. es verdad , estas preguntas la estoy haciendo yo, y ha sido un fallo tecnico, las respuestas laas pongo muy parecidas por que asi se memoriza mejor, un saludo
48-b es correcta plenazo san 78, como casi siempre un saludo.
respuestas isagl 203
Bueno ahí van mis respuestas:
33- d es correcta
34-c es correcta
35-b es correcta
36- a es correcta
37- a es correcta
38- d es correcta
39- b es correcta
40- b es correcta
41- c es correcta
42- d es correcta
43- c es correcta
44- a es correcta

45- aquí no estoy segura porque la B me parece correcta pero la A no así que....no se, es ta claro que es la b. isa.Además de las causas citadas en los apartados que preceden, la oposición podrá estar fundada en el pago o cumplimiento de lo ordenado en la sentencia, que habrá de justificarse [b]documentalmente[/b], así como en la existencia de pactos o transacciones que se hubieran convenido y documentado en el proceso para evitar la ejecución provisional. Estas causas de oposición se tramitarán conforme a lo dispuesto para la ejecución ordinaria o definitiva
46- d es correcta
47-d tampoco estoy segura pq la C no se sí es q esta mañ escrita o lo has puesto así jajaha tampoco estoy segura como ps decía  seria la b, pero como la redactado esta perdonada. un saludo
48- b es correcta solo 1 fallito, por mi mala redaccion de la pregunta
Bueno esas son espero que estén muy bien que llevo varias horas liada con el 17 ays! para trabajar este tema hacen faltan muchas horas, yo cuando lo repaso, suelo tener bastante fallos en los test.
repuestas sarscoob
33D- es correcta
34C- es correcta
35B- es correcta
36A- es correcta
37A- es correcta
38D- es correcta
39B- es correcta
40B- es correcta
41C- es correcta
42D- es correcta
43C- es correcta
44A- es correcta
45B- es correcta
46D- es correcta
47B- es correcta
48B es correcta
plenazo sarscoob, ya te echaba echando de menos un saludo.

Desconectado pehilova

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #316 en: 22 Octubre, 2014, 20:43:24 pm »
vale chicos a partit de ahora  ahora, un dia a la samana sera de plantear dudas del tema que estamos estudiando, que va siempre lo jueves, y si no tenemos dudas podemos comentar el articulo o articulo que se nos hacen mas pesado de este tema, que creis que es lo mas importante de este tema, ect, espero vuestro comentarios, igual esta semana acabamos con este tema. unsaludo.

Desconectado san78

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #317 en: 23 Octubre, 2014, 18:19:23 pm »
A mi el tema 17 me parece un tema complejo, que nos pueden preguntar cualquier cosa de él por lo tanto pienso que hay que llevarlo muy muy bien, yo me lo miro por partes ejecución provisional, ejecución dineraria, ejecución no dineraria.... etc. me parece complicada la ejecución sobre bienes hipotecados o pignorados pero también puede ser que sea porque no me la he mirado con mucho detenimiento.
Pienso que es un tema para echarle horas.

Desconectado Sarscoob

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #318 en: 23 Octubre, 2014, 19:30:13 pm »
Es un tema difícil, desde luego. De estudiar detenidamente y tener cuidado con los términos, los plazos y demás. Al mismo tiempo, y quizá por eso mismo, es bastante entretenido. Paciencia y adelante, jejeje

Desconectado pehilova

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #319 en: 23 Octubre, 2014, 20:42:13 pm »
gracias por vuestros comentarios yo personalmente me hago lio, entre ejecucion provisional y definitiva, que digo que la mayoria de las veces es definitiva para que la ponen provisional, otro articulo el 592 lec, para saber orden es un poco conflitivo.

1. Si acreedor y deudor no hubieren pactado otra cosa, dentro o fuera de la ejecución, el Secretario judicial responsable de la ejecución embargará los bienes del ejecutado procurando tener en cuenta la mayor facilidad de su enajenación y la menor onerosidad de ésta para el ejecutado.

2. Si por las circunstancias de la ejecución resultase imposible o muy difícil la aplicación de los criterios establecidos en el apartado anterior, los bienes se embargarán por el siguiente orden:

1.º Dinero o cuentas corrientes de cualquier clase.

2.º Créditos y derechos realizables en el acto o a corto plazo, y títulos, valores u otros instrumentos financieros admitidos a negociación en un mercado secundario oficial de valores.

3.º Joyas y objetos de arte.

4.º Rentas en dinero, cualquiera que sea su origen y la razón de su devengo.

5.º Intereses, rentas y frutos de toda especie.

6.º Bienes muebles o semovientes, acciones, títulos o valores no admitidos a cotización oficial y participaciones sociales.

7.º Bienes inmuebles.

8.º Sueldos, salarios, pensiones e ingresos procedentes de actividades profesionales y mercantiles autónomas.

9.º Créditos, derechos y valores realizables a medio y largo plazo

por ejemplo, apartado.2 como sabemos hasta cuando es corto plazo,
apartado 9 como sabemos el tiempo de medio y largo plazo.

apartado 3.renta en dinero cualquiera que su origen si es dinero negro o es procedente del narcotrafico se puede embargar?
apartado 2, que es un mercado secundario, hay mercado primario.?solo de este articulo todas estas dudas, a ver si alguien me contesta:

Desconectado Sarscoob

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #320 en: 24 Octubre, 2014, 15:49:19 pm »
El corto plazo es hasta un año, el medio plazo es entre uno y cuatro años y el largo plazo a partir de cuatro años.

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #321 en: 24 Octubre, 2014, 19:12:10 pm »
En cuanto a lo de la renta en dinero... una renta son unos ingresos periódicos que produce un/unos bien/bienes, puede ser un alquiler, por ejemplo, y que es a lo que se refiere el artículo.

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #322 en: 24 Octubre, 2014, 19:19:17 pm »
Y sí, hay mercado primario y secundario. En el primario se emiten valores negociables y se transmiten los títulos por primera vez, en el secundario se produce la compraventa de esos valores ya emitidos en una primera oferta.

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #323 en: 24 Octubre, 2014, 19:21:36 pm »
Contesto en los ratillos que voy teniendo... espero haberte ayudado un poco  ;)

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #324 en: 24 Octubre, 2014, 20:12:48 pm »
gracias sarscoob la verdad que no me has ayudado un poco, me ayudado muchisimo, gracias por todas tus aclaraciones en un practico te pueden preguntar todo, y hay que tener las cosas muy claras,. esta pensado em subir un caso practico para cerrar este tema , y preguntaros a partir del lunes que temas quereis que hagamos, hemos visto el 1, 2, 3, 16, 17, que quereis el 4 o el 18? o otro tema. espero vuestros votos hasta el domingo , si solo vota uno, se hara lo que vote este. un saludo y seguir estudinado.

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #325 en: 24 Octubre, 2014, 20:45:11 pm »
un caso practico , esto es mas dificil. vamos chicos como se os da.

en valladolid, por la procuradora de los tribunales doña dolores gavira, en nonbre  y representacion de doña soledad martinez, se solicito despacho de ejecucion en base a una sentencia firme que condenaba a la entrega de cosa mueble por parte de la mercantil automoviles olivares en concreto un mercedes benz 180 con marticula se-3333 bx, sobre el cual se han debido realizar las  reparaciones encargadas.
constituida la comision judicial, compuesta por el secretario judicial y el funcionario del cuerpo de auxilio judicial, en el domicilio social de automoviles olivares sito en la calle camino de la esperanza numero 14 de valladolid, se procede a realizar la presente que ha sido señalada en autos.
a dicha comision judicial le acompaña la sra gavira y la sra martinez.
tener presente las sigiuentes circunstancias:
- el vehiculo es hallado
- doña soledad manifiesta que:
faltan cuatro tapacubos nuevos
faltan dos intermitentes delanteros
no esta colocado un espejo retrovisor
la bateria es mas pequena de lo debido y no funciona.
ahin las 5 primeras preguntas

1. sera organo judicial competente para  conocer del presente proceso de ejecucion:
a) el juzgado de primera instancia que por turno corresponda de los de valladolid
b) el que conocio del asunto en primera instancia
c) el decano de los de valladolid
d) la audiencia provincial de valladolid
2. la peticion de despacho de ejecucion se hace:
a) en forma de demanda
b) en forma de demanda sucinta
c) en impreso formalizado
d) en escrito administrativo
3. el plazo que tiene el ejecutado para proceder a la entrega de la cosa objeto del litigio segun el articulo 701.1 de la LEC es:
a) diez dias
b) veinte dias
c) cinco dias
d) el que por el organo judicial se le haya concedido.
4. relacionado con la pregunta anterior. para ello el secretario judicial( señale la afirmacion incorrecta
a) empleara los apremios que sean precisos
b) podra ordenar la entrada en lugares cerrados
c) se auxiliara de la fuerza publica si fuere necesario
d) todas las afirmaciones son correctas
5. quien es el encargado de dar la posesion del vehiculo la practica forense?
a) el secretario judicial
b) el funcionario del cuerpo de auxilio judicial
c) el juez
d) la demandada

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #326 en: 25 Octubre, 2014, 00:56:57 am »
Mis respuestas:
 1B-2A-3D-4B-5B

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #327 en: 25 Octubre, 2014, 00:58:48 am »
Ah! mi voto es para el tema 4  :)

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #328 en: 25 Octubre, 2014, 11:27:09 am »
gracias sarscoob, por contestar, voy poner 5 mas sobre este practico y espera a ver quien contesta y despues vemos la respuestas,  de momento veremos el tema 4, con tu voto. vamos con el practico
en valladolid, por la procuradora de los tribunales doña dolores gavira, en nonbre  y representacion de doña soledad martinez, se solicito despacho de ejecucion en base a una sentencia firme que condenaba a la entrega de cosa mueble por parte de la mercantil automoviles olivares en concreto un mercedes benz 180 con marticula se-3333 bx, sobre el cual se han debido realizar las  reparaciones encargadas.
constituida la comision judicial, compuesta por el secretario judicial y el funcionario del cuerpo de auxilio judicial, en el domicilio social de automoviles olivares sito en la calle camino de la esperanza numero 14 de valladolid, se procede a realizar la presente que ha sido señalada en autos.
a dicha comision judicial le acompaña la sra gavira y la sra martinez.
tener presente las sigiuentes circunstancias:
- el vehiculo es hallado
- doña soledad manifiesta que:
faltan cuatro tapacubos nuevos
faltan dos intermitentes delanteros
no esta colocado un espejo retrovisor
la bateria es mas pequena de lo debido y no funciona
6. se pueden hacer constar en la diligencia las manifestaciones que hagan las partes:
a) no
b) si
c) no, porque solo es posible en la diligencia de embargos
d) no en la ejecucion de entregar cosas genericas e inderterminadas, como es el caso
7. el rpimero en firmar la presente diligencia es:
a) el funcionario del cuerpo de auxilio judicial
b) el funcionario del cuerpo de gestion procesal, documentado el acto
c) el funcionario del cuerpo de gstion procesal dando fe
d) el secretario judicial
8) sañala la respuesta correcta
a) el organo judicial no despachara ejecucion dentro de los veinte posteriores a aquel que la sentencia firme haya sido notificada a doña soledad martinez
b)  el organo judicia no despachara ejecucion dentro de los diez dias posteriores a aquel en que la sentencia haya sido notificada a doña soledad martinez
c) en los supuestos de ejecucion no dineraria no hay que proceder a la espera que marca el articulo 548 de la LEC.
d) ninguna de las respuestas es correcta
9) existe requerimiento en la realizacion de la dligencia del caso practico;
a) no , al estar basado el titulo que lleva aparejada ejecucion en una resolucion judicial
b) si, conteniendose en el mismo auto por el que se despacha ejecucion
c) si se requerira de pago y se fijara un plazo para su ejecucion
d) no, puesto que la presente ejecucion no es posible
10. si la obligacion recogida en el supuesto practico no pudiera tener inmediato cumplimiento:
a) el secretario judicial solo podra acordae el embargo
b) el secretario judicial de oficio, podra acordar las medidas de garantias que resulten adecuadas para asegurar la efectividad de la condena
c) el secretario judicial podra acordar, a solicitud del ejecuntante, la medida cautelar que estime oportuna y convega mas a su derecho
d) ninguna de las anteriores es cierta.

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Re:¿ Empezamos de cero?
« Respuesta #329 en: 25 Octubre, 2014, 13:45:36 pm »
hola! llevo un año o así con el temario para tramitación , pero ando un poco perdida, yo lo estoy estudiando por el temario de cef, me vendria bien tener el apoyo de gente q lo este preparando. un saludo